Ayudas a la inversión en pymes industriales.

Código de ayuda:

S61873/18

Norma:

RESOLUCIÓN 723/2018, de 27 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de enero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas ayudas es fomentar la realización de proyectos de inversión productiva por parte de las pymes navarras con la finalidad de mejorar su posición competitiva.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Economico y Empresarial (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que reúnan los requisitos.

Requisitos:

a) Se ajusten a la definición de pyme del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

b) Tengan o vayan a tener un establecimiento en Navarra.

c) Realicen alguna de las siguientes actividades:

–Industrias manufactureras (Sector C de de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas de la CNAE-2009), con las excepción de las industrias agroalimentarias incluidas en el Anexo I del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.

–Suministro de vapor y aire acondicionado (CNAE‑2009: 35.3 de la sección D).

–Tratamiento y eliminación de residuos; valorización y actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos (CNAE‑2009: 38.2, 38.3 y 39 de la sección E).

–Actividades de logística como depósito y almacenamiento, manipulación de mercaderías y otras actividades anexas al transporte (CNAE‑2009: 52.1, 52.24 y 52.29 de la sección H)

–Actividades de información y comunicaciones (Sector J de la CNAE-2009).

–Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico (CNAE‑2009: 71.12 y 71.20 de la sección M).

–Investigación y desarrollo (CNAE‑2009: 72 de la sección M).

–Actividades de diseño especializado (CNAE‑2009: 74.10 de la sección M).

d) Estén inscritas en el Registro Industrial de Navarra, cuando así proceda, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 94, de 20 de mayo de 2013).

e) No estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

f) No hayan sido objeto de una sanción medioambiental firme en los dos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de solicitud, que conlleve la exigencia de acciones correctoras y se constate, en informe emitido por el órgano sancionador, que estas no se han puesto en marcha o se ha incumplido el calendario para su aplicación.

g) No estén incursas en las prohibiciones para ser beneficiarias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

h) No se hallen en crisis de acuerdo con la definición incluida en el punto 18) del artículo 2 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión.

Documentos asociados

Boletín: 12/12/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 238
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento