Ayudas a la identificacion del ganado equino, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, asi como de las ayudas para la suscripcion de polizas de seguros de responsabilidad civil por daños frente a terceros para caballos mantenidos en el monte en regimen de libertad.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S20919/13

Norma:

ORDEN de 29 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso se podrá superar una cuantía de ayuda de 5.000 € por explotación y
convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones extensivas de équidos en libertad que aprovechen el monte y que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas para compensar los gastos derivados de la identificación del ganado equino mantenido en los montes de Galicia en régimen de libertad o semilibertad, de acuerdo con las prescripciones establecidas en la medida 131 del Programa de desarrollo rural de Galicia para el período 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión de 15 de febrero de 2008, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Feader.

2. Ayudas a la suscripción de pólizas de seguro de responsabilidad civil por daños frente a terceros para équidos mantenidos en el monte en régimen de libertad.

Requisitos:

a) Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de
julio, de subvenciones de Galicia.

b) La explotación debe estar situada en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia. En los casos en que una explotación esté integrada parcialmente por elementos territoriales situados en otra comunidad autónoma, se considerará dentro del ámbito de aplicación de esta orden cuando la mayor parte de su base territorial esté situada en la
Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Estar al día en sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y no tener ninguna deuda pendiente de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) No haber sido sancionado por la Consellería del Medio Rural y del Mar por cometer
infracciones en materia de sanidad animal en el plazo de un año si la infracción fue calificada como leve, dos años si la infracción fue calificada como grave o de tres años si la
infracción fue calificada como muy grave, computados los plazos desde la fecha de presentación
de la solicitud de ayuda.

Además de cumplir los anteriores requisitos, para el caso de las ayudas a la suscripción de pólizas de seguros de responsabilidad civil por daños frente a terceros, los animales asegurados deberán estar identificados de acuerdo con la legislación vigente.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento