Ayudas a la gestion de los purines que se destinaban a las plantas de secado antes de su cierre.

Código de ayuda:

S51919/14

Norma:

ORDEN AAM/337/2014, de 13 de noviembre. ORDEN ARP/255/2015, de 29 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar a la gestión inmediata de los purines que se destinaban a las plantas de secado antes de su cierre.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación empresarial
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según actuación subvencionable.

El importe de la ayuda no podrá superar los 100.000,00 en las inversiones individuales y 500.000,00 euros en las colectivas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas, asociaciones de defensa sanitaria, agrupaciones de productores, cooperativas, agrupaciones de gestión de purines, sociedades agrarias de transformación, comunidades de bienes y otras entidades, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Transportar y aplicar en campo o transportar a un centro de gestión o a un gestor autorizado de residuos como medida de urgencia los purines porcinos de las explotaciones que llevaban el purín a las plantas de secado. Cuando las parcelas de destino estén ubicadas dentro de zonas vulnerables, es necesario que la carga de nitrógeno ganadero del municipio sea inferior al 80% del cociente resultante de dividir el nitrógeno total producido por el ganado en régimen intensivo de las granjas del municipio y de los municipios adyacentes entre el nitrógeno total admisible para los cultivos en tierras labradas del municipio y de los municipios adyacentes, según las dosis que prevé el Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas.

- Realizar cualquiera de las siguientes actuaciones, tanto a nivel individual como de forma colectiva. A los efectos de estas bases reguladoras se consideran inversiones colectivas las realizadas por cinco explotaciones o más:

- Crear infraestructuras de gestión de los purines individuales y/o colectivos.

- Instalar sistemas de tratamiento individuales y/o colectivos que favorezcan la conservación y concentración de los nutrientes presentes en los purines y faciliten su valorización y exportación (en todo caso, los sistemas de tratamiento subvencionables deberán ser sistemas probados).

- Adquirir cisternas para el transporte equipadas con aplicadores de purines en el suelo.

- Adquirir equipos de aplicación de purines en el suelo equipados con sistemas de aplicación localizada que se puedan adaptar a cisternas que no lo lleven incorporado.

- Adquirir equipos de medida de los nutrientes.

- Adquirir balsas móviles.

- Construir balsas para el almacenaje de los purines con el fin de poder gestionar mejor a lo largo del año los purines de las explotaciones que ya no disponen de capacidad de almacenamiento en las explotaciones. La capacidad de estas balsas no se acumulará a las capacidades necesarias de las explotaciones que marca la normativa que lo regula.

Requisitos:

a) En su caso, estar legalmente constituidas en el momento de presentar la solicitud.

b) Cumplir las normas vigentes en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.

c) En caso de explotaciones ganaderas intensivas, estas deben estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas de acuerdo con la normativa vigente como explotación de producción y/o reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado y de las concesiones administrativas correspondientes.

d) En caso de asociaciones, tener sus estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.

e) No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni del artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

f) No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244, de 1.10.2004).

g) En el caso de las ayudas del apartado 1.2, tener la condición de pymes.

h) En el caso de agrupaciones de productores o de agrupaciones de gestión de purines, la agrupación no se puede disolver hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción que prevén el artículo 100.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6755
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 14/07/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6912
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 12/08/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6933
Documento: Modificación Bases Descargar Documento