Ayudas a la formación el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027(extracto)

Código de ayuda:

S17091/26

Norma:

Resolución 1073/2026, de 15 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:00 horas del 7 de julio de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 60.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de un sistema de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a los gastos en los que incurren los beneficiarios previstos en el artículo 5 de este artículo para la puesta en marcha de acciones formativas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje de subvención será del 100%, sobre el resultado de aplicar el baremo estándar de costes unitarios. El límite máximo de subvención por solicitante y año será de 60.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

De los establecidos en el artículo 5 de la Orden, únicamente podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente convocatoria las organizaciones profesionales agrarias, las entidades asociativas agrarias y sus uniones y las personas jurídico privadas con o sin ánimo de lucro directamente relacionadas con los sectores agrarios, agroalimentarios o el mundo rural que tengan entre sus objetivos la cualificación de los profesionales agrarios o agroalimentarios.
Los beneficiarios deberán figurar inscritos en el Registro de Entidades Formativas del sector agrario del Gobierno de La Rioja con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de profesorado, técnico o experto, propio o externo y de desplazamiento y manutención del mismo. b) Material docente.
c) Alquiler de locales.
d) Publicidad.
e) Dirección y coordinación.
f) Viajes formativos (transporte, manutención, alojamiento y otros, incluso la de los cursillistas).
g) Gastos consecuencia de la realización online de los cursos.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2025
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 23
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/06/2026
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 114
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento