Ayudas a la electrificación mediante el empleo de sistemas de producción de energía, prioritariamente autónomos, basados en energías renovables, en edificaciones aisladas del medio rural, de propiedad particular.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S19837/16

Norma:

Orden MED/22/2016, de 28 de marzo. Orden de 10 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es aprobar la convocatoria de las ayudas destinadas a paliar el coste de las instalaciones de producción y ahorro de energía eléctrica para uso individual, mediante sistemas autónomos de producción energética basados en el empleo de energías renovables, en edificaciones aisladas del medio rural.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas reguladas por la presente Orden se financiarán, por la Comunidad Autónoma de Cantabria, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.04.414A.774, Ayudas a la Electrificación Rural, consignada en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2016 por una cuantía máxima de 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas mediante la presente Orden las personas físicas o jurídicas que hayan tenido su residencia fiscal durante el año 2015 o estén empadronadas con anterioridad al 1 de enero de 2016, en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sean propietarias de las edificaciones objeto de la subvención cuyo uso sea alguno de los siguientes:
Vivienda (para uso permanente o temporal).

Instalaciones agrícolas y ganaderas cuya superficie en planta sea superior a 30 m2 totales (para uso permanente o temporal).

Otras edificaciones para uso agrícola o agroalimentario.

Otras construcciones no incluidas en los puntos anteriores destinadas a uso general tales como ermitas, talleres, garajes, almacenes, pajares, locales de aperos de labranza, etc.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 10/06/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 20/06/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 118
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento