Ayudas a la desinfección de los establos de la Comunidad Autónoma de Cantabria afectados por enfermedades objeto de Campaña de Saneamiento.

Código de ayuda:

S13528/06

Norma:

Orden GAN/34/2006 de 10 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2006 de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a la realización de tratamientos de limpieza y desinfección de establos de la Comunidad Autónoma de Cantabria afectados por enfermedades objeto de Campaña de Saneamiento.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías máximas de las ayudas establecidas en la presente Orden serán del 50% del importe total de la actividad subvencionable sin exceder en ningún caso de 400 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones en quienes no concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las que se haya confirmado oficialmente, durante el correspondiente ejercicio y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, la presencia de una de las enfermedades objeto de campaña de saneamiento ganadero.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será objeto de subvención la limpieza de las instalaciones, la realización del tratamiento de desinfección de
las dependencias y utensilios de la instalación ganadera una vez efectuado el sacrificio de los animales enfermos y los tratamientos complementarios de desratización, siempre que la limpieza y desinfección se hayan realizado entre el 2 de julio de 2005 y el 1 de junio de 2006.

La limpieza de las instalaciones será un requisito obligatorio previo para la realización del tratamiento de desinfección e incluirá las siguientes operaciones:
a) Eliminación de purines, retirada de la cama y basuras de modo que se desprendan las deyecciones y la suciedad adheridas al suelo, paredes y techo.
b) Lavado con agua a presión para garantizar el desencostre de la suciedad y la limpieza de las esquinas.

Para ser subvencionables, los tratamientos de desinfección y de desratización deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Deberán ser realizados por una empresa inscrita en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Deberán ser realizados con un biocida autorizado e inscrito en el Registro General de Biocidas de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo, según lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 1.054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.

Documentos asociados

Boletín: 28/04/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento