Ayudas a la cooperación para apoyar a las agrupaciones de productores de productos agroalimentarios en Castilla-La Mancha en el marco de la intervención 7191 del Plan Estratégico de la PAC en Castilla-La Mancha para el periodo 2023-2027.
Código de ayuda:
S07037/25Norma:
Orden 24/2024, de 18 de febrero. Resolución de 19/03/2025. Resolución de 25/03/2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de abril de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas reguladas por la Orden 24/2025, de 18 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la cooperación para apoyar a las Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios en Castilla-La Mancha en el marco de la intervención 7191 del Plan Estratégico de la PAC en Castilla-La Mancha para el periodo 2023-202.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Calidad
Cooperación empresarial
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor
Castilla-La ManchaConvoca:
Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda para cada una de las anualidades del plan empresarial de comercialización conjunta estará limitada al 10% del valor de la producción anual comercializada por la APPaa, con un máximo de 100.000 euros el primer año.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
Detalle beneficiarios:
a) Las Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios (APPaa) inscritas en el Registro de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios de Castilla-La Mancha, que sean de nueva creación.b) Las APPaa reconocidas e inscritas en el RAPPaa, siempre y cuando inicien una nueva forma de cooperación con posterioridad al 1 de enero de 2023.
c) Las APPaa reconocidas e inscritas en el RAPPaa, siempre y cuando inicien una nueva actividad de cooperación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La actuación subvencionable consistirá en la ejecución del Plan Empresarial de Comercialización Conjunta (en adelante PECC), acordado en el procedimiento de reconocimiento como APPaa para un producto agroalimentario dado, o acordado en la nueva forma de cooperación por la agrupación de productores reconocida. Dicho PECC deberá cumplir con las condiciones detalladas en el artículo 5.4.a.5) de la Orden de bases e incluir el contenido establecido en el Anexo I de la citada orden.Requisitos:
a) Estar reconocida e inscrita en el Registro de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios de Castilla-La Mancha.b) Comprometerse a ejecutar un Plan Empresarial de Comercialización Conjunta (PECC) y mantener la condición de APPaa durante los dos años siguientes a la finalización del PECC.
c) No podrán obtener la condición de persona beneficiaria de las ayudas reguladas en esta Orden las personas físicas o jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o esté incursa la persona que ostenta la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados
en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, la de no ser receptoras de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha durante el plazo de dos años desde el cese, de conformidad a lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002,
de 19 de noviembre.
d) No tener la consideración de empresa en crisis.
e) En el caso de estar sometido a la normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y no haber sido objeto de sanción mediante resolución administrativa o sentencia judicial firme por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
f) No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y
hombres.
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