Ayudas a la compra de material vegetal de reproducción de categoría certificada en aplicación de las medidas fitosanitarias adoptadas para la erradicación y control de organismos nocivos en Cantabria.

Código de ayuda:

S42282/16

Norma:

Orden MED/48/2016, de 7 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas destinadas a auxiliar el sobrecoste que supone la obligación de adquirir, en su caso, material vegetal de reproducción de categoría certificada, tras la aplicación de las medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas en virtud de órdenes dictadas por la autoridad competente en materia de sanidad vegetal, para la erradicación y control de los organismos nocivos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, incluidos en los anexos I y II del Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, que no estén aún presentes en el territorio nacional, así como los no enumerados en dichos anexos, cuya presencia sea desconocida hasta la fecha en el territorio español y que se estima representan un peligro inminente para la Unión Europea, según lo fijado en el artículo 14, punto 1, de la Ley 43/2002 y en el artículo 16, punto 2, del Real Decreto 58/2005.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será subvencionado el 50% del coste de compra del material vegetal de reproducción, sin superar la diferencia de precio de mercado entre el material vegetal certificado y el no certificado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que aquí se regulan los titulares de explotaciones inscritos en el Registro de Explotaciones Agrícolas de Cantabria (REA), cuyos productos resulten afectados por Resoluciones de la Dirección General de Desarrollo Rural dictadas en ejercicio de las competencias en materia de sanidad vegetal.

Requisitos:

a) Haber realizado todas las actuaciones indicadas en las Resoluciones que dicte la Dirección General de Desarrollo Rural en relación con la declaración de contaminación o probable contaminación de la explotación.

b) Estar dado de alta en los registros oficiales que en su caso le correspondan.

Documentos asociados

Boletín: 31/10/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 209
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento