Ayudas a la comercialización de productos de Calidad.

Código de ayuda:

S00137/01

Norma:

Orden 39/2001 de 12 de septiembre. Orden 35/2005, de 30 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las ayudas previstas en la medida 12 "Comercialización de productos de calidad" del Eje III, "Industrias agroalimentarias", del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Calidad
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Acción 1.- Apoyo a la comercialización de productos de calidad.
Hasta 100.000 Euros por beneficiario en un mismo periodo de tres años o tratándose de ayudas concedidas a empresas que respondan a la definición de PYMES, no podrá superar un 50% de los costes subvencionables, según cual sea la cifra más favorable.

Acción 2.- Apoyo a las denominaciones de origen (D.O.), denominaciones de origen protegidas (D.O.P.), indicaciones geográficas protegidas (I.G.P.) Y marcas de garantía (M.G.).
1.- Hasta el 50% sin que superen los 100.000 Euros por beneficiario en un mismos periodo de tres años, para los gastos de asesoría y similares.
2.- Las subvenciones al funcionamiento de Consejos según convenio anual.
3.- Las subvenciones a los controles externos de los productos acogidos, así como los gastos de constitución, primer establecimiento de inversiones para la puesta en marcha de los Consejos de Denominación de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas, podrán ser de hasta el 100% el primer año, reduciéndose el porcentaje progresivamente en los años siguientes de manera que se llegue al 20% en el quinto y último año.

Acción 3.- Subvenciones para la celebración y/o asistencia a ferias.
La subvención para los gastos previstos podrá llegar al 100% de los costes, sin que la cuantía total de la ayuda supere los 100.000 Euros por beneficiario en un mismo periodo de tres años o tratándose de ayudas concedidas a empresas que respondan a la definición de PYMES, no podrá sobrepasar un 50% de los costes subvencionables, según sea la cifra más favorable.

Acción 4.- Apoyo a la concentración de la oferta en entidades asociativas.
La cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 100% de los costes administrativos el primer año, reduciéndose en 20 puntos porcentuales este nivel máximo cada año de funcionamiento, de modo que en el quinto año de ellos quede limitado el 20% de los costes efectivos de ese año.
La subvención tendrá en consideración el tamaño, sector, número de productores de base y localización.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Acción 1.- Apoyo a la comercialización de productos de calidad.
Consejos Reguladores y titulares de empresas con productos acogidos a D.O.P., I.G.P., M.G., E.T.G. o productos ecológicos que han sido aprobados de acuerdo con las normas técnicas de la comisión.

Acción 2.- Apoyo a las denominaciones de origen (D.O.), denominaciones de origen protegidas (D.O.P.), indicaciones geográficas protegidas (I.G.P.) Y marcas de garantía (M.G.).
Consejos Reguladores y titulares de empresas con productos acogidos a D.O.P., I.G.P., M.G., E.T.G., o productos ecológicos que han sido aprobados de acuerdo con las normas técnicas de la Comisión.

Acción 3.- Subvenciones para la celebración y/o asistencia a ferias.
Ayuntamientos o Instituciones sin ánimo de lucro para la Organización de competiciones, exposiciones, ferias, salones y foros y las personas físicas o jurídicas que soporten el esfuerzo financiero de la acción para la participación en competiciones, exposiciones y ferias.

Acción 4.- Apoyo a la concentración de la oferta en entidades asociativas.
Las entidades asociativas agrarias de nueva creación o las entidades asociativas agrarias ya existentes, que amplíen significativamente su actividad (al menos el 30 %) por incorporación de socios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las líneas de ayuda son:
Acción 1. Apoyo a la comercialización de productos de calidad.
1.- Gastos de asesoría y similares, que tengan por objetivo respaldar actividades de fomentode la calidad de los productos agrícolas, tales como: estudios de mercado, concepción y diseño de productos, introducción de programas de garantía.
2.- Gastos de proyectos piloto de comercialización de productos biológicos.

Acción 2. Apoyo a las Denominaciones de Origen (D.O.), Denominaciones de Origen Protegidas (D.O.P.), Indicaciones Geográficas Protegidas (I.G.P.) y Marcas de Garantía (M.G.).
1.- Gastos de los controles efectuados por otros organismos responsables de supervisar la utilización de marcas de Calidad y demás etiquetas reconocidas por los sistemas de garantía de calidad.
2.- Gastos de constitución, primer establecimiento de inversiones para la puesta en marcha de los Consejos de Denominación de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas.

Acción 3. Subvenciones para la celebración y/o asistencia a Ferias.
1- Participación en competiciones, exposiciones y ferias.
2- Organización de competiciones, exposiciones, ferias, salones y foros.

Acción 4. Apoyo a la concentración de la oferta en las entidades asociativas.
Los costes administrativos iniciales de la agrupación o unión que tendrán esta consideración:
- alquiler de locales administrativo
- adquisición de material de oficina
- material y programas informáticos
- personal administrativo
- costes generales
- gastos legales y administrativos
Los costes administrativos suplementarios en las entidades asociativas agrarias ya existentes, como consecuencia de ampliación significativa de actividad por incorporación de socios.

Documentos asociados

Boletín: 15/09/2001
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/11/2004
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 149
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 14/01/2006
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 6
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