Ayudas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S14446/26

Norma:

ORDEN 6/2024, de 23 de mayo. Resolución de 8 de mayo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de junio de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar parcialmente el coste de la certificación de los productos agroalimentarios
ecológicos como medida de incentivación a la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con el Programa de la calidad de los alimentos regulado en el Reglamento (UE) 2018/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 834/2007, del Consejo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda a otorgar por persona beneficiaria no podrá superar el importe de 2.000 euros anuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda establecida en la presente convocatoria, las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) y/o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables las cuotas de mantenimiento anual por control y certificación abonadas por personas beneficiarias de la presente orden al CAECV en el ejercicio correspondiente a la convocatoria. No se considerarán subvencionables las cuotas de concesión de la certificación, ampliación, reducción del periodo de conversión u otro tipo de gastos abonados al CAECV.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9856
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/05/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10368
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 22/05/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10368
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento