Ayudas a la celebración de eventos, jornadas, foros y/o encuentros empresariales en el ámbito territorial del Principado de Asturias en el año 2025.

Código de ayuda:

S25455/25

Norma:

Resolución de 1 de agosto de 2025. Resolución de 24 de junio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de octubre de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas subvenciones tienen por objeto regular la concesión de ayudas destinadas a financiar gastos derivados de la organización de eventos, jornadas, foros y/o encuentros empresariales en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Conserjería de Ciencia, Industria y Empleo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvencionará el 100 % de los gastos subvencionables previstos en el proyecto definido en la solicitud, hasta un importe máximo de 10.000 euros.

Para que una solicitud pueda resultar beneficiaria de esta ayuda, el importe de inversión subvencionable deberá ser superior o igual a 3.000 euros. Por debajo de ese importe se realizará la correspondiente propuesta de desestimación al órgano competente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las corporaciones locales, las empresas y entidades sin ánimo de lucro esto es, cualquier entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica de producción de bienes y/o servicios orientada al mercado y las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables los desembolsos de las aportaciones dinerarias al capital social de las
cooperativas, tanto obligatorias como voluntarias, o sociedades laborales efectuadas conforme establecen
estas bases.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 168
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/09/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento