Ayudas a la Creación, Desarrollo y Producción Audiovisual.
Código de ayuda:
S14100/05Norma:
Orden de 29 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas durante el ejercicio 2005 a la creación, desarrollo y producción audiovisual.Categorías Subvención
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1.– Ayudas a la creación de guiones.Podrán acceder a las ayudas a la creación de guiones, las personas físicas que a la fecha de publicación de la presente Orden sean residentes al menos durante un año en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
2.– Ayudas al desarrollo de proyectos.
Podrán acceder a las ayudas para el desarrollo de proyectos, las personas jurídicas privadas independientes que desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria tengan domicilio social en la Comunidad Autónoma de Euskadi y estén dadas de alta en el correspondiente epígrafe de producción audiovisual y/o multimedia del impuesto de actividades económicas.
3.– Ayudas a las siguientes modalidades de producción de obras audiovisuales.
- Podrán acceder a las ayudas a la producción previstas en los párrafos a, b y c, las personas jurídicas privadas independientes que desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Euskadi y estén dadas de alta en el correspondiente epígrafe de producción audiovisual del impuesto de actividades económicas.
- Podrán acceder a las ayudas para la producción de cortometrajes personas físicas y personas jurídicas privadas dependientes que, tengan su domicilio o sede social respectivamente, en la Comunidad Autónoma de Euskadi desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las modalidades de las ayudas son las siguientes:1.– Ayudas a la creación de guiones.
2.– Ayudas al desarrollo de proyectos.
3.– Ayudas a las siguientes modalidades de producción de obras audiovisuales:
a) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos y/o televisivos (TV movies) de ficción.
b) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos de animación.
c) Ayudas a la producción de documentales de creación.
d) Ayudas a la producción de cortometrajes.
Para ampliar información, consultar Convocatoria en fichero adjunto.
Documentos asociados
Boletín:
05/04/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 63
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 63
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento