Ayudas a la Apicultura para el año 2006.

Código de ayuda:

S11864/06

Norma:

Orden de 31 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases de un régimen de ayudas en concurrencia competitiva para el fomento de aquellas actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura, y proceder a su convocatoria para el año 2006.

El plazo en que debe ser realizada la actividad ayudada corresponderá a la anualidad delimitada en el Programa Estatal aprobado por la Unión Europea y terminará el 1 de septiembre del año 2006.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Aquellas personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas.
Será requisito para la obtención de las ayudas, estar inscrito en el Registro Oficial Apícola de la comunidad autónoma, por lo menos con anterioridad al primero de enero del año 2005.
Además, los beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Los colmenares abandonados y las colmenas muertas no darán derecho al cobro de ayudas por su titular.

b) Cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia integradas en su mayoría por apicultores que cumplan los requisitos del apartado a).

c) Además, y para las medidas de ayuda en la letra d) del artículo 2º, los beneficiarios podrán ser también
los laboratorios debidamente reconocidos por los servicios competentes de la comunidad autónoma que efectúen o puedan efectuar análisis de las características físico-químicas de la miel.
Un mismo apicultor sólo podrá ser beneficiario de ayuda por una misma actuación de forma única para cada una de sus explotaciones, bien sea a título individual o bien como integrante de una cooperativa u organización representativa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de las ayudas, conforme a la normativa comunitaria, aquellas actividades o inversiones que estén contemplados en el programa estatal y encaminados a:

a) Prestar información y asistencia técnica: formación de apicultores, formación de personal de centros de
envasado y de laboratorios de organizaciones apícolas, écnicas apícolas, divulgación.
Para esta línea la subvención podrá llegar hasta el 50% de los gastos.

b) Lucha contra la varroasis, actividades inexcusablemente ligadas a un programa sanitario supervisado por un veterinario responsable de su correcta aplicación y funcionamiento: asociaciones de defensa sanitaria, gastos de tratamientos químicos autorizados, métodos de lucha biológica, mejora de las condiciones de tratamiento de las colmenas.
Para esta línea la subvención podrá llegar hasta el 50% de los gastos en productos u otro material y hasta el 100% del salario base de la contratación de un veterinario, con una limitación de 30.000 € para subvención de este contrato.

c) Racionalizar la trashumancia: identificación de las colmenas y de los marcos, inversión en equipamientos
de uso principal para manipulación y transporte de colmenas, divulgación de buenas prácticas de trashumancia, implantación de una red de alerta sanitaria, acondicionamiento de espacios, seguro de daños y responsabilidad civil.
Para esta línea la subvención podrá llegar hasta el 50% de los gastos.

d) Establecer medidas de apoyo para el análisis de la miel: creación de laboratorios de organización apícolas
y apoyo a los mismos, inversión en equipamientos de laboratorio, funcionamiento de laboratorios, contrato de servicios de análisis por organizaciones apícolas, becas de formación.
Para esta línea la subvención podrá llegar hasta el 50% de los gastos (en productos u otro material y servicios de análisis) y hasta el 100% del salario base de la contratación de un técnico especializado en análisis físico-químico de la miel y/o diagnóstico de patologías y detección de residuos, y hasta el 100% del salario base de la contratación de un auxiliar de laboratorio.
Con una limitación de 30.000 € para subvención del contrato de técnico y 20.000 € del contrato de auxiliar.

e) Apoyo a la repoblación de la cabaña apícola: cría de reinas autóctonas para la renovación del censo, reposición de bajas con enjambres autóctonos.
Para esta línea la subvención podrá llegar hasta el 50% de los gastos.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 75
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento