Ayudas a inversiones realizadas por Cofradías de Pescadores de Cantabria, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S24419/17

Norma:

Orden MED/17/2017, de 15 de mayo. Orden MED/7/2018, de 6 de febrero. Orden de 6 de julio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de agosto de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden aprobar las bases reguladoras de las ayudas a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar las inversiones realizadas por las Cofradías de Pescadores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de ayuda pública concedida para las operaciones descritas en esta Orden, no puede exceder del 50% de los gastos subvencionables, siendo el resto financiado por el beneficiario como contribución privada, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento (UE) n.º 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.

Asimismo, la cuantía de las subvenciones concedidas en ningún caso podrá exceder de 200.000 € por convocatoria y sujeto beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de beneficiarios aquellas Cofradías de Pescadores de Cantabria legalmente constituidas que soliciten estas ayudas y cumplan con las condiciones y obligaciones previstas en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Inversiones que mejoren las infraestructuras de los puertos pesqueros, las lonjas, los lugares de desembarque y los fondeaderos, incluidas las inversiones en instalaciones de recogida de residuos y desechos marinos dirigidas a:

— Mejorar la calidad e incrementar el control y la trazabilidad de los productos desembarcados.

— Aumentar la eficiencia energética.

— Contribuir a la protección del medio ambiente.

— Mejorar la seguridad y las condiciones de trabajo.

b) Inversiones en puertos pesqueros, lonjas, lugares de desembarque y fondeaderos destinadas a:

— Facilitar el cumplimiento de la obligación de desembarque de las capturas según el artículo 15 del Reglamento (UE) n.º 1380/2013 y el artículo 8.2.b) del Reglamento (UE) n.º 1379/2013.

— Aumentar el valor de los componentes infrautilizados de la captura.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 103
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 13/07/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 135
Documento: Convocatoria 2017 Extracto Descargar Documento
Boletín: 15/02/2018
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 33
Documento: Modificación Bases Descargar Documento