Ayudas a inversiones productivas en empresas dedicadas a la acuicultura en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura FEMPA 2021-2027.

Código de ayuda:

S17700/26

Norma:

RESOLUCIÓN 184E/2026, de 5 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas tienen por finalidad la realización de inversiones productivas en acuicultura que lleven consigo un aumento de competitividad de la producción acuícola, garantizando al mismo tiempo que las actividades son medioambientalmente más sostenibles.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Desarrollo Rural (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarias de estas ayudas las empresas titulares de explotaciones acuícolas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica y estén ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Inversiones productivas en la acuicultura.

b) Inversiones orientadas a la diversificación de la producción acuícola y de las especies cultivadas.

c) Inversiones destinadas a modernizar centros acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad de las personas trabajadoras del sector acuícola.

d) Inversiones que permitan introducir mejoras relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones frente a animales silvestres.

e) Inversiones que permitan recuperar estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo, así como inversiones destinadas a prevenir la acumulación de depósitos de lodo.

f) Inversiones orientadas a diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.

g) Inversiones destinadas a reducir el impacto negativo sobre el medio ambiente.

h) Inversiones que mejoren la utilización y la calidad del agua, en particular mediante la disminución del consumo de agua, productos químicos, antibióticos y otros medicamentos.

i) Inversiones que aumenten la calidad del caudal de salida, incluso mediante el desarrollo de sistemas acuícolas multitróficos.

j) Inversiones que potencien el uso de sistemas de recirculación de circuito cerrado, reduciendo al mínimo el consumo de agua.

k) Inversiones orientadas al cumplimiento de requisitos y estándares establecidos para la obtención de certificaciones de producción, contribuyendo a una acuicultura más competitiva, sostenible y de calidad.

Requisitos:

a) No incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, que impidan obtener la condición de beneficiaria.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias, de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

c) No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme ni condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo que se acredite el cumplimiento de la sanción o pena impuesta y se haya elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. En este caso, dichas medidas deberán contar con la conformidad del órgano competente en materia de igualdad.

d) No haber sido sancionada ni condenada, mediante resolución administrativa firme o sentencia judicial firme, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o género.

e) En caso de estar sujeta a la normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada, mediante resolución administrativa firme o sentencia judicial firme, por infracción grave o muy grave en esta materia durante el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

Documentos asociados

Boletín: 23/06/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 121
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento