Ayudas a inversiones a bordo de barcos pesqueros y selectividad, del sector pesquero de las Illes Balears.- Convocatoria 2009.- Modificación.
Código de ayuda:
S77037/09Norma:
Resolucion de 16 de diciembre de 2009. Resolución de 28 de septiembre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/03/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2009, de las ayudas destinadas a inversiones a bordo de barcos pesqueros y selectividad, de acuerdo con lo que se establece en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 17 de junio de 2008.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación que lleven a cabo las actuaciones previstas en la presente Resolución y que, en el momento de presentación de la solicitud de ayuda o en otro momento, si a continuación se establece, sean armadores y/o propietarios de barcos pesqueros, que reúnan los requisitos previstos en el punto 2 siguiente.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las actuaciones o inversiones que realice a bordo de los barcos la persona beneficiaria entre la solicitud o la vista de inspección previa, siempre que hayan sido posteriores al 1 de octubre de 2008 y la fecha de finalización del plazo para justificar la inversión, y que cumplan losrequisitos previstos en el punto 2 siguiente, siempre que tengan cualquiera de las siguientes finalidades:
- Mejorar la seguridad a bordo.
- Mejorar las condiciones de trabajo.
- Mejorar las condiciones de higiene.
- Mejorar la calidad y la conservación de los productos.
- Mejorar el rendimiento energético.
- Mejorar la selectividad.
Requisitos:
a) Han de estar inscritos en la Lista Tercera del Registro Oficial de Matrícula de Barcos y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.b) Han de tener su puerto base en las Illes Balears.
c) Han de tener más de cinco años contados a partir de la fecha de entrada en servicio.
d) No han de estar ofertados como baja para una nueva construcción o presentados para ser subvencionados por paralización definitiva.
Documentos asociados
Boletín:
24/12/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 187
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 187
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín:
11/10/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 154
Documento: Modificación Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 154
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