Ayudas a inversiones a bordo de barcos pesqueros y selectividad, del sector pesquero de las Illes Balears.- Convocatoria 2009.- Modificación.

Código de ayuda:

S77037/09

Norma:

Resolucion de 16 de diciembre de 2009. Resolución de 28 de septiembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2009, de las ayudas destinadas a inversiones a bordo de barcos pesqueros y selectividad, de acuerdo con lo que se establece en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 17 de junio de 2008.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación que lleven a cabo las actuaciones previstas en la presente Resolución y que, en el momento de presentación de la solicitud de ayuda o en otro momento, si a continuación se establece, sean armadores y/o propietarios de barcos pesqueros, que reúnan los requisitos previstos en el punto 2 siguiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las actuaciones o inversiones que realice a bordo de los barcos la persona beneficiaria entre la solicitud o la vista de inspección previa, siempre que hayan sido posteriores al 1 de octubre de 2008 y la fecha de finalización del plazo para justificar la inversión, y que cumplan los
requisitos previstos en el punto 2 siguiente, siempre que tengan cualquiera de las siguientes finalidades:

- Mejorar la seguridad a bordo.

- Mejorar las condiciones de trabajo.

- Mejorar las condiciones de higiene.

- Mejorar la calidad y la conservación de los productos.

- Mejorar el rendimiento energético.

- Mejorar la selectividad.

Requisitos:

a) Han de estar inscritos en la Lista Tercera del Registro Oficial de Matrícula de Barcos y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.

b) Han de tener su puerto base en las Illes Balears.

c) Han de tener más de cinco años contados a partir de la fecha de entrada en servicio.

d) No han de estar ofertados como baja para una nueva construcción o presentados para ser subvencionados por paralización definitiva.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 187
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 11/10/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 154
Documento: Modificación Descargar Documento