Ayudas a favor de titulares de cualquier derecho sobre terrenos de arrozal que esten incluidos en areas de proteccion perilagunar y en zonas de reserva y prohibicion total de la actividad cinegetica, afectados por la accion de la avifauna acuatica o reintroducida en el Parque Natural de la Albufera, para el ejercicio 2009.
Código de ayuda:
S08064/09Norma:
ORDEN de 20 de enero de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas a favorde titulares de cualquier derecho sobre terrenos de arrozal que estén incluidos en áreas de protección perilagunar y en zonas de reserva y prohibición total de la actividad cinegética, afectados por la acción de la avifauna acuática o reintroducida en el Parque Natural de la Albufera, para el ejercicio 2009, y aprobar las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda máxima que se puede recibir será de 0,32 € por cada kilo de pérdida en la cosecha, y se considera que la productividad de la zona es de 650 kg por hanegada cultivada. En el caso excepcional queel arroz sea del tipo bomba la ayuda máxima que se puede recibir será de 0,75 € por cada kilo de pérdida en la cosecha y se considerará que la productividad es de 350 kg por hanegada cultivada. Si el crédito
presupuestario descrito en el artículo segundo no es suficiente para pagar todas las solicitudes aceptadas, se prorrateará el importe de las ayudas hasta agotar el crédito.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas titulares de cualquier derecho sobre terreno de arrozal en las zonas con limitación cinegética del Parque Natural de la Albufera, así como aquellas propiedades incluidas totalmente o parcialmente en los perímetros de protección perilagunares decretados o que se decreten, siempre que cultiven arroz en estos terrenos durante el año 2009.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Soportar daños en los cultivos, en las circunstancias y en las zonas mencionadas.Documentos asociados
Boletín:
05/02/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5948
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5948
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