Ayudas a favor de los Ayuntamientos para la atención a gastos de los Juzgados de Paz.
Código de ayuda:
S21291/06Norma:
ORDEN de 12 de junio de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/08/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Orden es regular y convocar para el año 2006 subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la atención de los gastos de funcionamiento y de inversiones de los Juzgados de Paz de los municipios respectivos.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOSerán subvencionables hasta un importe total máximo de 805.350 euros los gastos destinados a los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz.
GASTOS POR INVERSIONES
La dotación máxima destinada a este programa de subvenciones es de 528.949 euros, que se distribuirán,
para subvencionar los gastos de inversión destinados a los Juzgados de Paz que realicen los Ayuntamientos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a estas subvenciones los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco en donde exista un Juzgado de Paz.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOLas ayudas a conceder a cada Ayuntamiento para gastos de funcionamiento del Juzgado de Paz serán de carácter ordinario y extraordinario:
A) De carácter ordinario: las cantidades a conceder se calcularán según el tramo población en que se encuentra cada municipio de acuerdo con la siguiente escala:
De 1 a 499 900 euros
De 500 a 999 1.000 euros
De 1.000 a 2.999 2.500 euros
De 3.000 a 6.999 4.500 euros
De 7.000 a 19.999 6.500 euros
De 20.000 a 29.999 7.500 euros
De 30.000 a 39.999 8.500 euros
De 40.000 en adelante 10.500 euros
Las cantidades resultantes de su aplicación serán moduladas con arreglo a los siguientes factores correctores:
1) Los Ayuntamientos de municipios donde radique un centro penitenciario y/o centros de internamiento de
menores de más de 25 plazas, percibirán un complemento de 2.250 euros.
2) Los Ayuntamientos de los municipios cuyas Secretarías de Juzgados de Paz estén integradas en agrupaciones dotadas de personal único, percibirán una subvención en cuantía equivalente al 85 por 100 de la cantidad que les correspondería por población del municipio.
3) Los Ayuntamientos de municipios donde se encuentra radicada la sede de las Agrupaciones de Secretarías
a que se refiere el apartado anterior percibirán el 100% de la cuantía que les corresponda, según las reglas
generales, mas el 15 por 100 de las cantidades que les correspondan, por población de sus municipios, a los
Ayuntamientos de su agrupación.
1) Por la instalación, utilización y mantenimiento de la aplicación especifica para la emisión de documentación
bilingüe «Epainet», se concederá a los Ayuntamientos en cuyos Juzgados de Paz ya estuviera instalada la aplicación, una ayuda de 350 euros. En el caso de que la instalación se realice durante el año 2006, será
necesario con carácter previo al pago, la remisión por parte del Secretario del Ayuntamiento de certificación
acreditativa de dicho concepto y posterior verificación por parte de los servicios competentes de la Dirección
de Relaciones con la Administración de Justicia.
2) Por la incorporación del Juzgado de Paz en el sistema de solicitudes por internet de certificados de nacimiento, matrimonio y defunción (sistema on-line de Justizianet), se concederá a los Ayuntamientos cuyos
Juzgados de Paz ya estuvieran incorporados al citado sistema, una ayuda de 200 euros. En el caso de que la incorporación se realice durante el año 2006, será necesario con carácter previo al pago, la verificación de dicha circunstancia por parte de los servicios competentes de la Dirección de Relaciones con la Administración de Justicia.
GASTOS POR INVERSIONES
a) Obras de construcción, reforma y rehabilitación del local y de las instalaciones del juzgado, entre las que
se incluyen las obras para reparar los daños ocasionados por catástrofe natural, accidente o hechos delictivos, en tanto en cuanto dichos daños no estén cubiertos por contratos de seguro que contemplen dichas contingencias, como aquellas que se realicen con carácter preventivo de las circunstancias anteriores (en especial medidas de seguridad de puertas y ventanas,…), hasta 300.000 euros.
b) Adquisición de equipos y sistemas informáticos, incluida la formación ofimática (los equipos como mínimo
deberán reunir las siguientes características: un ordenador personal de los más recientes, con CPU en
condiciones, p.e. Pentium 4 y memoria de 128 MB mínimo, con Internet Explorer 5.5 o superior, correo electrónico y acceso a Internet) y/o equipos de oficina (fax, fotocopiadora, etc.), hasta 135.000 euros. La ayuda por este concepto está condicionada a la previa instalación de la aplicación Epainet.
c) Adquisición de mobiliario y/o normalización paisaje lingüístico, hasta 65.000 euros.
d) Encuadernación de Libros del Registro Civil, hasta 28.949 euros.
Los gastos deberán referirse a los efectuados entre el 31 de octubre de 2005 y el 30 de noviembre de
2006.
Documentos asociados
Boletín:
03/07/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 125
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 125
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento