Ayudas a favor de las Asociaciones Ganaderas para el fomento de razas autóctonas españolas de protección especial en peligro de extinción, correcciones y modificaciones.

Código de ayuda:

S53146/05

Norma:

ORDEN de 21 de octubre de 2005. RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2006. RESOLUCION de 18 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas destinadas a las asociaciones de criadores de animales de determinadas razas para contribuir a la financiación de actuaciones que persigan la conservación y fomento de la raza autóctona de protección especial en peligro de extinción catalogada según el anexo del Real Decreto 1.682/1997.

La finalidad de estas ayudas es conservar y fomentar las razas autóctonas catalogadas de protección especial en peligro de extinción.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda concedida a cada beneficiario, respetando la cantidad máxima resultante del prorrateo, así como 12.020,24 € por asociación y anualidad, se calculará en base al presupuesto de gastos presentado para las actuaciones que se aprueben, sin superar los siguientes porcentajes de financiación:
· 100% de los gastos en las actuaciones previstas en las letras a) y b) de la base primera.
· 50% de los gastos en las actuaciones previstas en la letra c) de la base primera.
· 70% de los gastos en las actuaciones previstas en la letra d) de la base primera.

Para la consideración de qué gastos son subvencionables se atenderá a todo lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y admitiendo a su vez como gastos subvencionables los relacionados como posibles en su apartado 7.

Se establecen como topes máximos para gastos de indemnización por desplazamientos, manutención y alojamientos los vigentes en la administración de la Generalitat Valenciana.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones ganaderas para el fomento de razas autóctonas españolas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones se desarrollarán a partir del 1 de enero del año para el que se solicite la ayuda y se encuadrarán entre algunas de las siguientes líneas:
a) Realización de estudios sobre los aspectos etnológicos, zootécnicos y productivos de las especies, así como sobre su caracterización morfológica y reproductiva.
b) Gestión del libro genealógico y realización de estadísticas que recojan los aspectos productivos, estructuras de población por ubicación de rebaños, líneas y estirpes, edades, capacidad reproductiva.
c) Creación de bancos de germoplasma, semen y embriones congelados o reserva en vivo.
d) Elaboración de programas de conservación y mejora genética y su puesta en práctica.

Requisitos:

a) Carecer de ánimo de lucro.
b) Acreditar que los ganaderos que integran las mismas disponen de un mínimo del 60 por 100 de las reproductoras de la raza en peligro de extinción.
c) Garantizar en los estatutos la participación democrática de sus miembros.
d) Disponer de los medios técnicos, laboratoriales y de personal apropiados para la realización de las actividades subvencionadas.
e) Estar oficialmente reconocida como asociación de criadores de animales de raza pura para la gestión del libro genealógico.
f) Tener aprobado por acuerdo de su órgano competente, la realización de las actuaciones para las que se solicita la ayuda.
g) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones contempladas en la presente orden, así como lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normas de aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 07/11/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5129
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/11/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5138
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 18/05/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5261
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 10/11/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5385
Documento: Modificación del importe máximo 2006 Descargar Documento