Ayudas a familias que atienden en su domicilio a personas mayores en situación de dependencia.
Código de ayuda:
S20619/04Norma:
Orden 947/2004, de 27 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 06/09/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular, para el ejercicio 2004, la concesión de ayudas económicas a las familias que atienden en su domicilio a personas mayores en situación de dependencia, apoyando a las familias cuidadoras para hacer frente a los gastos originados, durante el año 2004, por la atención a la persona mayor, propiciando así la permanencia de ésta en su entorno familiar y social.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe anual de la ayuda será de 2.710 euros.Sólo podrá concederse una ayuda por unidad de convivencia.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que reúnan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos originados por la atención a la persona mayor, según el siguiente criterio y orden de preferencia:1.o Unidades de convivencia de dos miembros en los que el solicitante-cuidador tenga cumplidos sesenta y cinco años.
2.o Unidades de convivencia con más de una persona mayor dependiente.
3.o Mayor puntuación obtenida en el baremo de valoración del grado de dependencia.
4.o Menores ingresos per cápita de la unidad de convivencia.
5.o Mayor edad de la persona mayor atendida.
Requisitos:
a) Ser español o extranjero con residencia legal en España.b) Ser mayor de edad.
c) Acreditar la residencia en la Comunidad de Madrid y la convivencia ininterrumpida con la persona mayor durante el año inmediatamente anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
d) No percibir retribución alguna por la atención prestada a la persona mayor.
e) Que los ingresos per cápita de la unidad de convivencia, incluidos los percibidos por la persona mayor, durante el año 2003 no hayan superado la cantidad de 9.527,64 euros en cómputo anual.
f) Que la persona mayor para cuya atención se solicite la ayuda sea española, o extranjera con residencia legal en España, de sesenta y cinco o más años, y se encuentre en situación de dependencia grave para la realización de las actividades de la vida diaria. A efectos de la presente convocatoria se entenderá como dependencia grave para las actividades básicas de la vida diaria la que resulte valorada en 11 o más puntos, según el baremo que figura en el Anexo III.
g) Que entre el solicitante y la persona mayor existan vínculos familiares; se admitirá también el supuesto de unidades de convivencia de dos miembros en las que, aun no existiendo vínculos familiares, el solicitante-cuidador tenga cumplidos sesenta y cinco años.
h) No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
Documentos asociados
Boletín:
06/08/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 186
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 186
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
11/08/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 190
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 190
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
11/08/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 190
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 190
Documento: Anexos Descargar Documento