Ayudas a entidades sin ánimo de lucro por el desarrollo de actividades relacionadas con el medio ambiente, así como su convocatoria para 2007.
Código de ayuda:
S02337/07Norma:
Orden de 27 de diciembre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/02/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
A través de la presente orden se regulan las bases y se convocan, para 2007, ayudas a las entidadessin ánimo de lucro en materia de medio ambiente.
A tal efecto, se establecen tres programas:
-Ayudas para gastos ordinarios de funcionamiento.
-Ayudas para realización de actividades de promoción y divulgación medioambiental, en cuestiones relacionadas con las competencias de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
-Inversiones realizadas por dichas entidades que posibiliten su participación en el campo medioambiental.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Gastos ordinarios de funcionamiento, hasta el 100% del coste, con un máximo de 18.000 euros por entidad.Acciones de promoción y divulgación, hasta el 100% de su coste, con un máximo de 12.000 euros.
Inversiones materiales, hasta el 100% de su coste, con un máximo de 30.000 euros por entidad.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Se considerarán entidades sin ánimo de lucro y, por lo tanto, podrán ser beneficiarias de las ayudasestablecidas en la presente disposición, las personas jurídicas que, según sus estatutos fundacionales, no
operen como una empresa (como fundaciones y asociaciones), inscritas en el correspondiente registro
público.
No obstante, no podrán acogerse a las ayudas de la presente orden las entidades que constituyan, formen
parte o dependan, directa o indirectamente, de una Administración pública, bien sea esta de base territorial, institucional o corporativa; así como las que, entre su finalidad u objeto social, esté la caza
o la pesca.
Tan sólo podrán solicitar las ayudas convocadas mediante esta orden las entidades anteriormente referidas
cuando tengan carácter ambiental, segundo el objeto y finalidad de las mismas recogidos en sus
estatutos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los gastos ordinarios de funcionamiento, como los de personal, alquileres, mantenimiento y reparación de instalaciones, maquinaria y utensilios, y otros semejantes, realizados desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2007.Acciones de promoción y divulgación:
-Organización de seminarios, jornadas, conferencias y otros similares.
-Publicación de estudios, así como la realización de otras acciones de promoción y difusión cuando no tengan la consideración de inversiones.
Inversiones materiales:
-Acondicionamiento de inmuebles que tengan la consideración de inversión.
-Material de transporte.
-Equipo de oficina inventariable, como material informático y mobiliario, así como otro instrumental
inventariable.
-Publicación, estudios y otros contratos inmateriales que tengan la consideración de inversiones.
-Acciones de recuperación de espacios de interés ambiental.
Documentos asociados
Boletín:
05/01/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 4
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 4
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento