Ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la mejora de las instalaciones y el equipamiento de sus archivos, correspondientes al año 2025.

Código de ayuda:

S10419/25

Norma:

Resolución de 16 de abril de 2025. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo mejoras de las instalaciones y equipamiento de archivos privados. El plazo de ejecución será de un año a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución de Concesión.
Estas ayudas tendrán por finalidad la realización de proyectos en archivos privados que redunden en la mejor conservación y difusión del Patrimonio Documental Español.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas convocadas será, como máximo, de 75.000,00 euros.

Cada entidad sólo podrá recibir una ayuda por un importe máximo de 10.000 euros y en ningún caso superará el 70 % del coste de la actividad. El 30% restante deberá financiarse con cargo a los fondos propios de
la entidad o mediante ayudas públicas o privadas que pueda obtener el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro que presenten proyectos de mejora de las instalaciones y equipamiento de un archivo, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Las entidades beneficiarias deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de las obligaciones por reintegro de subvenciones. Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público
correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición e instalación de equipamiento informático (hardware y software) y técnico.

b) Adquisición e instalación de mobiliario.

c) Adquisición de material de conservación permanente, material de seguridad y prevención.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/04/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 100
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/04/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 100
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento