Ayudas a entidades privadas sin animo de lucro para el desarrollo de proyectos archivisticos, correspondientes al año 2010.
Código de ayuda:
S47628/10Norma:
Orden CUL/2114/2010, de 13 de julio. ORDEN CUL/4411/2004, de 29 de diciembre. ORDEN CUL/3150/2008, de 29 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/09/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación de Trabajos de descripción, reproducción, conservación, restauración, identificación, valoración, y recuperación de documentos. Los proyectos de descripción obligatoriamente se realizarán con el software proporcionado por la Subdirección General de los Archivos Estatales.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Cultura ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las ayudas convocadas será, como máximo, de 270.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro, que presenten proyectos archivísticos cuyo objeto sea documentación de interés nacional o de interés al menos superior al de una Comunidad Autónoma, sobre el Patrimonio Documental Español y su proyección internacional, siempre que estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Personal para la realización del proyecto objeto de subvención, de acuerdo con las siguientes modalidades:- Personal ajeno a la entidad: contratación de personal específicamente para la realización del proyecto.
- Personal propio de la entidad: remuneración de personal técnico del archivo vinculado a la entidad. No se admitirá en ningún caso la remuneración del personal técnico del archivo que no se haya dedicado en exclusividad a la realización del proyecto. Tampoco se admitirá la remuneración del personal fijo de la entidad que no realice tareas específicas de archivo.
b) Contratación de servicios externos para la realización del proyecto objeto de subvención.
c) Adquisición de bienes fungibles.
d) Dietas de viaje, siempre que sea inexcusable la realización del viaje para el desarrollo del proyecto.
e) El porcentaje de actividad subvencionada, además, nunca podrá suponer más del 70 por 100 del total del presupuesto del proyecto, de tal forma que las entidades solicitantes habrán de aportar al menos un 30 por ciento de financiación propia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo décimo para los supuestos de reformulación.
Requisitos:
Igualmente, los beneficiarios de las ayudas deben estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, en las obligaciones por reintegro de subvenciones y acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.Documentos asociados
Boletín:
08/01/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 07
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 07
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Boletín:
05/11/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 267
Documento: Modificación de Bases Reguladoras. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 267
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Boletín:
02/08/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 186
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 186
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento