Ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para su participación en ligas nacionales y de ámbito estatal durante el primer cuatrimestre de la temporada deportiva 2016-2017.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S04282/17

Norma:

Ibiza, 16 de junio de 2016. Ibiza, 31 de enero de 2017.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria. Excepcionalmente, línea 4 será del 1 al 10 de septiembre de 2016

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Línea 1: Ayudas para las entidades deportivas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de su actividad deportiva y para desplazamientos para participar en campeonatos de Baleares, de España y/o copas de España para los años 2015 y 2016:

El objeto de estas bases es ofrecer y regular la concesión de ayudas económicas dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para el mantenimiento de su actividad deportiva y para desplazamientos para participar en campeonatos de Baleares, de España y/o copas de España para los años 2015 y 2016.

Línea 2: Ayudas económicas individuales para la promoción de los y de las deportistas y técnicos deportivos / técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2016:

El objeto de estas bases es dar soporte a las personas deportistas para su formación y progreso deportivo y al personal técnico para mejorar su formación técnica.

Línea 3: Ayudas económicas a las delegaciones federativas de Ibiza / federaciones de las Islas Baleares, para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza del 1 de septiembre de 2015 al 1 de noviembre de 2016:

El objeto de estas bases es regular la concesión de ayudas económicas dirigidas a federaciones deportivas de las Islas Baleares para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo del 1 de septiembre de 2015 al 1 de noviembre de 2016 y que están supervisadas por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell de Ibiza.

Línea 4: ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para su participación en ligas nacionales y ámbito estatal durante el primer cuatrimestre de la temporada deportiva 2016/2017:

El objeto de estas bases es la concesión de ayudas económicas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para sufragar los gastos originados para la participación en ligas nacionales y de ámbito estatal durante el primer cuatrimestre de la temporada deportiva 2016/2017 (del 1 de septiembre al 30 de diciembre de 2016), tenemos en cuenta que la vigencia de la actividad se entenderá desde el 1 de julio al 30 de diciembre de 2016 ya que se pueden originar gastos antes del comienzo del primer cuatrimestre.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1: Ayudas para las entidades deportivas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de su actividad deportiva y para desplazamientos para participar en campeonatos de Baleares, de España y/o copas de España para los años 2015 y 2016:

Las entidades solicitantes no podrán recibir una ayuda superior a 5.000 euros.

Línea 2: Ayudas económicas individuales para la promoción de los y de las deportistas y técnicos deportivos/técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2016:

1.- La cantidad máxima total por persona beneficiaria no podrá superar la cantidad de 3.000 euros.

2.- En la actuación 2, la cantidad máxima por persona beneficiaria no podrá superar la cantidad de 500 euros.

3.- En la actuación 3, la cantidad máxima por persona beneficiaria no podrá superar el 60% del presupuesto hasta la cantidad máxima de 500 euros.

4.- Una persona deportista integrada en los programas de tecnificación deportiva impulsados por el Consell de Ibiza no podrá recibir un ayuda económica total superior a 300 euros.

Línea 3: Ayudas económicas a las delegaciones federativas de Ibiza / federaciones de las Islas Baleares, para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza del 1 de septiembre de 2015 al 1 de noviembre de 2016:

Se concederán las ayudas de la siguiente manera:

45.000 euros repartidos de igual forma entre todos los solicitantes con una cantidad fija de 5.000 euros.

35.000 euros repartidos de acuerdo a los criterios del punto 6 de estas bases.

En todos los casos, la subvención concedida no podrá superar la cantidad de 11.000 euros o la cantidad solicitada.

Línea 4: ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para su participación en ligas nacionales y ámbito estatal durante el primer cuatrimestre de la temporada deportiva 2016/2017:

La cantidad máxima por beneficiario no podrá superar la cantidad de 40.000 euros ni la ayuda solicitada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Línea 1: Ayudas para las entidades deportivas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de su actividad deportiva y para desplazamientos para participar en campeonatos de Baleares, de España y/o copas de España para los años 2015 y 2016:

Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro, constituidas e inscritas en el registro de entidades deportivas del Gobierno de las Islas Baleares que desarrollen su actividad deportiva en la isla de Ibiza.

Línea 2: Ayudas económicas individuales para la promoción de los y de las deportistas y técnicos deportivos / técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2016:

En la actuación 1:

Personas deportistas clasificadas, en el año 2015, en su categoría deportiva, entre los tres primeros del Campeonato de España correspondiente.

Personas· deportistas clasificadas, en el año 2015, en su categoría deportiva, entre los cinco primeros del Campeonato de Europa o del Mundo correspondiente.

Personas deportistas clasificadas que hayan conseguido puntos ATP (Asociación de Tenis Profesional durante el año 2015.·

Personas deportistas clasificadas que hayan sido convocados con la selección española respectiva durante el año 2015.

Deportista nominado/ada como mejor deportista de la isla de Ibiza a los Premios del Deporte del Consell de Ibiza.

En la actuación 2:

Personas deportistas que estén inscritas durante el año 2016 en cualquier centro de tecnificación deportiva (CTE) o centro de alto rendimiento (CAR) fuera de las islas Pitiusas y que tengan que sufragar el coste de su residencia (alojamiento y/o desplazamientos entre la isla de Ibiza y la ciudad donde se ubica el CTE o CAR)

En la actuación 3:

Técnicos deportivos y técnicas deportivas que reciban formación técnica deportiva impartida fuera de las Islas Pitiusas durante el periodo del 1 de junio de 2015 al 1 de noviembre de 2016.

Línea 3: Ayudas económicas a las delegaciones federativas de Ibiza / federaciones de las Islas Baleares, para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza del 1 de septiembre de 2015 al 1 de noviembre de 2016:

Podrán solicitar subvención únicamente las federaciones de las Islas Baleares, directamente o a través de sus delegaciones en la isla de Ibiza, que realicen programas de seguimiento deportivo para el año 2016 y que estén supervisados por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell de Ibiza de acuerdo en el punto 1.2. de las bases.

Línea 4: ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para su participación en ligas nacionales y ámbito estatal durante el primer cuatrimestre de la temporada deportiva 2016/2017:

Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro constituidas, inscritas en el registro de entidades deportivas del Gobierno de las Islas Baleares que desarrollen su actividad deportiva en la isla de Ibiza, participen en una liga nacional y de ámbito estatal durante la temporada 2016/2017.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 2: Ayudas económicas individuales para la promoción de los y de las deportistas y técnicos deportivos / técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2016:

Actuación 1: Ayudas para la formación y progreso deportivo de las personas deportistas destacadas.

Actuación 2: Ayudas para sufragar el coste de su residencia (alojamiento y desplazamiento) de las personas deportistas inscritas en cualquier centro de tecnificación deportiva (CTE) o centro de alto rendimiento (CAR) fuera de las islas Pitiusas durante el año 2016.

Actuación 3: Ayudas para sufragar el coste de la participación en cursos y/o actividades de formación técnica deportiva fuera de las islas Pitiusas de los/de las técnicos/técnicas durante el periodo del 1 de junio de 2015 al 1 de noviembre de 2016.

Línea 3: Ayudas económicas a las delegaciones federativas de Ibiza / federaciones de las Islas Baleares, para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza del 1 de septiembre de 2015 al 1 de noviembre de 2016:

Programa de seguimiento deportivo de atletismo.
Programa de seguimiento deportivo de bádminton.
Programa de seguimiento deportivo de judo.
Programa de seguimiento deportivo de karate.
Programa de seguimiento deportivo de lucha.
Programa de seguimiento deportivo de natación.
Programa de seguimiento deportivo de piragüismo.
Programa de seguimiento deportivo de tenis de mesa.
Programa de seguimiento deportivo de tiro con arco.

Requisitos:

Línea 1: Ayudas para las entidades deportivas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de su actividad deportiva y para desplazamientos para participar en campeonatos de Baleares, de España y/o copas de España para los años 2015 y 2016:

Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.·

No encontrarse sometidas a ninguno de los supuestos de prohibición por ser beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

No tener deudas con el Consell Insular de Ibiza.

Línea 2: Ayudas económicas individuales para la promoción de los y de las deportistas y técnicos deportivos/técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2016:

1.- Haber nacido/ida en la isla de Ibiza o tener, como mínimo, de antigüedad de residencia de 6 años en la isla de Ibiza antes del día de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.

2.- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

3.- No encontrarse sometidos en ninguno de los supuestos de prohibición por ser persona beneficiaria de subvenciones establecidos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

4.- No tener deudas con el Consell de Ibiza.


Línea 3: Ayudas económicas a las delegaciones federativas de Ibiza / federaciones de las Islas Baleares, para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza del 1 de septiembre de 2015 al 1 de noviembre de 2016:

Estar registrados en el Registro de Federaciones Deportivas de las Islas Baleares, conforme con el artículo 52 de la Ley 14/2006, del 17 de octubre, del deporte balear y el art. 1 del Decreto 333/2004 del 2 de abril por el cual se regulan las federaciones deportivas de las Islas Baleares.

Estar al corriente en el· cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consell de Ibiza y de las otras obligaciones con la Agencia Estatal, y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.

No incurrir en ninguna de las prohibiciones por ser persona o entidad beneficiaria establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el art. 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones (de las Islas Baleares), aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005 del 28 de diciembre.

Línea 4: ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para su participación en ligas nacionales y ámbito estatal durante el primer cuatrimestre de la temporada deportiva 2016/2017:

Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

No encontrarse sometido a ninguno de los supuestos de prohibición por ser beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

No tener deudas con el Consell de Ibiza.

Documentos asociados

Boletín: 21/06/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos; Convocatoria Linea 4 Descargar Documento
Boletín: 02/02/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
Documento: Ampliación plazo justificación Linea 4 Descargar Documento