Ayudas a entidades colaboradoras de pesca fluvial para el fomento de la riqueza piscicola, y se convocan para el año 2009.

Código de ayuda:

S78046/08

Norma:

Orden de 19 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/01/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas a entidades colaboradoras que realicen actividades e inversiones para el fomento de la riqueza piscícola.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las sociedades o asociaciones que tengan el nombramiento de entidad colaboradora, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, y en el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. Este nombramiento deberá estar en vigor tanto en el momento de presentar la solicitud de ayuda como en el momento del pago de ésta.

No podrán obtener la condición de beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las entidades en
que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2º y 3º de la Ley 9/2007, de 13 de
junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 252
Documento: Bases Convocatoria y Anexos Descargar Documento