Ayudas a entidades colaboradoras de pesca fluvial para el fomento de la riqueza piscicola.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S04046/15

Norma:

ORDEN de 29 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas a entidades colaboradoras que realicen actividades e inversiones para el fomento de la riqueza piscícola.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda podrá alcanzar el 100 % de los gastos subvencionables, fijándose un importe máximo de 7.800 euros de ayuda por solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las sociedades o asociaciones que tengan el nombramiento de entidad colaboradora, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, y en el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La vigilancia de tramos de pesca fluvial.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 30/01/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 20
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento