Ayudas a empresas y entidades sin ánimo de lucro para la difusión de políticas y estrategias de la UE.

Código de ayuda:

S08655/26

Norma:

ORDEN FORAL 8E/2026, de 6 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de abril de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas en la presente Orden Foral tienen por objeto la financiación de actividades divulgativas y acciones de comunicación que se organicen en Navarra, cuya finalidad sea la difusión de conocimientos relativos a las temáticas relativas a la Unión Europea detalladas en la base 8.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en la subvención del 100% sobre los gastos, con una cantidad máxima de 5.000 euros del presupuesto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas y entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayuda a fondo perdido para la realización de actividades de carácter divulgativo y acciones de comunicación cuya finalidad sea la difusión de conocimientos relativos a las prioridades de la Unión Europea.

Requisitos:

a) Tener su domicilio fiscal en Navarra.
b) Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en el Registro Oficial correspondiente.
c) Encontrarse, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
d) No estar incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
e) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 58
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento