Ayudas a empresas para la realizacion de proyectos de I+D.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S55846/14

Norma:

RESOLUCIÓN 406E/2014, de 10 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la realización de proyectos de investigación y desarrollo (I+D) por parte de las empresas con el propósito de impulsar una dinamización tecnológica, así como fomentar también, la cooperación entre empresas y la contratación de entidades generadoras de conocimiento para la ejecución de estos proyectos, todo ello dirigido a lograr un incremento de la competitividad de las empresas mediante el incentivo de la inversión de recursos propios en los proyectos.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General De Industria, Energia E Innovación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar base 6.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que tengan centro de trabajo en Navarra, que desarrollen en el mismo las actividades de I+D y que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de ayuda las dos siguientes modalidades de proyectos de I+D:

a) El proyecto individual.

b) El proyecto realizado en colaboración entre varias empresas.

Se considera que un proyecto está realizado en colaboración siempre que:

–El proyecto implique la colaboración efectiva entre al menos dos empresas,

–Al menos una de ellas sea PYME y

–Ninguna de ellas corra por sí sola con más del 70% de los gastos subvencionables.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, cuando así proceda, de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 5.7 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

b) No estar incursa en las prohibiciones para ser beneficiaria establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

No tendrán la consideración de beneficiarias las entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 252
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento