Ayudas a empresas de la Region de Murcia, corporaciones locales y entidades sin fin de lucro para colaborar en la financiacion de la contratacion y reinsercion socio-laboral de personas con problemas de drogodependencia o patologia dual en fase de deshabituacion.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S17364/12

Norma:

Resolución de 23 de abril de 2012. Resolución de 11 de junio de 2013. Resolución de 7 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/08/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el ejercicio 2014, ayudas destinadas a Empresas, Corporaciones Locales y Entidades sin ánimo de lucro ubicadas en la Región de Murcia, con la finalidad de colaborar en la financiación de los gastos que se deriven de la contratación laboral de personas afectadas por problemas de drogadicción o patología dual, que se encuentren en tratamiento de deshabituación y en fase de clara recuperación social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Sanidad y Política Social (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.- Para contratos de doce meses la cuantía de la ayuda podrá alcanzar hasta el equivalente al 90% del importe del Salario Mínimo Interprofesional vigente, más la cuota patronal de la Seguridad Social.

En los contratos que se prorroguen otros seis meses, la cuantía podrá alcanzar hasta el 70% de lo establecido en el apartado anterior.

Los contratos subvencionados previamente que se conviertan en indefinidos, podrán ser subvencionados hasta el 50% del importe del salario mínimo interprofesional vigente, durante el primer año de contrato indefinido.

Dichas cuantías se verán reducidas en la forma proporcional que corresponda para los contratos que se celebren por un período menor a los doce meses, así como los celebrados a jornada incompleta o a tiempo parcial.

2.- Para los trabajadores/as en régimen de autónomos la ayuda consistirá en el importe de los costes mensuales como consecuencia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y aquellos gastos derivados del desarrollo de la actividad, hasta un máximo de 400 euros mensuales.

3.- Para el mantenimiento de puestos de trabajo en empresas con el 60% o más de trabajadores/as exdrogodependientes o con patología dual, se podrán obtener las siguientes ayudas:

a) Costes salariales. Subvención del coste salarial correspondiente a puestos de trabajo estables ocupados por exdrogodependientes o con patología dual que realicen una jornada normal y estén dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social, por un importe del 50% del coste total del contrato.

En el caso de contratos de trabajo a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada.

b) Adaptación de puestos de trabajo. Subvención del coste ocasionado por la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas, por una cuantía máxima de 1.803,00 euros, por puesto de trabajo sin que en caso rebase el coste real, que al efecto, se justifique por la referida adaptación o eliminación.

c) Subvenciones de saneamiento financiero:

· Subvención, por una sola vez, destinada a equilibrar y sanear financieramente estas empresas, en aras de lograr su reestructuración, con el fin de que alcancen niveles de productividad y rentabilidad que garanticen su viabilidad y estabilidad.

· Subvención dirigida a equilibrar el presupuesto de aquellas empresas que sean de interés para la reinserción sociolaboral de drogodependientes.

Esta subvención no podrá cubrir resultados adversos derivados de una gestión deficiente, a juicio de la Administración.

En ambos casos la empresa solicitante deberá aportar copia del impuesto de sociedades de los tres últimos años, cuenta de pérdidas y ganancias y un plan de viabilidad que demuestre la posibilidad de reflotar la empresa con las ayudas solicitadas.

d) Asistencia Técnica. Podrá consistir en alguna de las modalidades siguientes:

· Estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis y otros de naturaleza análoga. Auditoria e informes económicos.

· Asesoramiento en las diversas áreas de gestión empresarial. La asistencia técnica se prestará por empresas o personas físicas especializadas y que reúnan garantías de solvencia profesional.

· Acompañamiento o Apoyo técnico en el puesto de trabajo.

e) Subvención financiera de hasta tres puntos del tipo de interés de los préstamos que se obtengan de las entidades de crédito públicas o privadas. La subvención se pagará de una sola vez, en cuantía calculada como si esta se devengase cada año de la duración del mismo, incluido el posible período de carencia.

f) Para sufragar gastos corrientes en proyectos de interés para la reinserción sociolaboral de drogodependientes. Una subvención en caso de proyectos de interés para financiar hasta el 75%, de gastos corrientes (alquileres, renting, etc), siempre que el proyecto tenga viabilidad técnica, económica y financiera y que suponga la creación de empleo estable para drogodependientes o con patología dual.

Todas las subvenciones de los apartados d), e) y f ) no superarán conjuntamente el límite de 15.020,00 euros por puesto de trabajo estable, cuando la plantilla de la empresa esté constituida por trabajadores exdrogodependientes o con patología dual que supongan entre el 81 y el 100% de la plantilla. Y no superarán conjuntamente el límite de 12.015,00 euros por puesto de trabajo estable, cuando la plantilla de trabajadores exdrogodependientes o con patología dual de la empresa esté comprendida entre el 60 y el 80%.

A los efectos de de terminar el porcentaje de trabajadores /as exdrogodependientes o con patología dual, no se computará el personal no afectado dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social, así como el que preste servicios en aquellas actividades o puestos de trabajo específicos que por su propia naturaleza o complejidad, no puedan ser
desempeñados por personas afectadas por la enfermedad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Empresas y Entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, así como las Corporaciones Locales de esta Región y sus Organismos Autónomos.

Las Empresas de Economía Social legalmente constituidas, con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia, en las que al menos el 60% de los trabajadores sean drogodependientes o con patología dual en proceso de deshabituación o exdrogodependientes.

Drogodependientes o con patología dual que pudieran incorporarse al mercado de laboral a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación laboral de personas afectadas por problemas de drogadicción o patología dual, que se encuentren en tratamiento de deshabituación y en fase de clara recuperación social.

Requisitos:

Las Empresas y Entidades sin ánimo de lucro:

a) Que se establezcan relaciones laborales, con alguna de las personas con problemas de drogadicción o patología dual, propuestas por las entidades que se mencionan en el punto 6 de la presente Resolución, mediante la formalización del correspondiente contrato de trabajo, en cualquiera de las modalidades
reconocidas por la normativa laboral.

b) Que prorroguen los contratos celebrados en el año anterior, al amparo de estas ayudas.

En el caso de presentar beneficios, éstos deberán destinarse, en su mayor parte, a incrementar la plantilla contratando nuevos drogodependientes, a inversiones o a la mejora de la calidad de los puestos de trabajo existentes.

Documentos asociados

Boletín: 16/05/2012
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 112
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 21/06/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 142
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 24/07/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 169
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento