Ayudas a disminuidos, beneficiarios de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid para el año 2005.

Código de ayuda:

S10755/06

Norma:

ORDEN 830/2006, de 2 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La distribución del fondo de 97.931 euros fijado de forma conjunta en el artículo 51 del Convenio Colectivo para los años 2004, 2005, 2006 y 2007 y el artículo 27 del Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de administración y servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, para el mismo período.

Se comprenderán dentro de esta ayuda los gastos ocasionados durante el año 2005 para el mejor desarrollo, recuperación y atención de los disminuidos, con carácter complementario a las ayudas y prestaciones del Sistema de Seguridad Social y que no se encuentren comprendidas en el objeto de otras prestaciones previstas en el Convenio Colectivo para el personal laboral y Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de administración y servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Presidencia (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los empleados públicos incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo y en el ámbito de aplicación del Acuerdo Sectorial de personal funcionario de administración y servicios al servicio de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, a cuyo cargo legal consten hijos, cónyuge, pareja de hecho u otras personas con minusvalías físicas, psíquicas o sensoriales reconocidas por el IMSERSO u órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma y que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Que se trate de empleados públicos con relación de empleo de carácter indefinido, tanto personal laboral como funcionario de administración y servicios, que hayan completado al menos tres meses de servicio, durante el año 2005, en situación de servicio activo.
Quedan incluidos también los funcionarios que hayan desarrollado período de prácticas que implique el desempeño de puesto de trabajo, al menos durante tres meses, durante el año 2005.
b) En el caso de empleados públicos cuya relación de empleo sea de carácter temporal, tanto personal laboral como funcionario de administración y servicios, será requisito indispensable que la duración de los correspondientes contratos o nombramientos sea igual o superior a tres meses durante el año 2005.
c) Personal eventual en los mismos términos del apartado b) de esta base.

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 87
Documento: Convocatoria año 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/04/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 100
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento