Ayudas a disminuidos, beneficiarios de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid para el año 2003.

Código de ayuda:

S15291/04

Norma:

Orden de 2 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora de las prestaciones asistenciales del sistema de Seguridad Social de aquellos disminuidos que dependan legalmente de algún empleado público de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Justicia e Interior (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los empleados públicos incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo y en el ámbito de aplicación del Acuerdo Sectorial de personal funcionario de administración y servicios al servicio de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, a cuyo cargo legal consten hijos, cónyuge u otras personas con minusvalías físicas, psíquicas o sensoriales reconocidas por el IMSERSO u órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos ocasionados durante el año 2003, para el mejor desarrollo, recuperación y atención de los disminuidos, con carácter complementario a las ayudas y prestaciones del sistema de Seguridad Social y que no se encuentren comprendidas en el objeto de otras prestaciones previstas en el Convenio Colectivo para el personal laboral y Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de administración y servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos y que se extenderán a los siguientes conceptos acordes con la disminución física o psíquica acreditada:
— Pólizas de seguros de vida o mutuas de previsión.
— Pañales y medicamentos.
— Psicoterapia, psicología y tratamientos especiales.
— Actividades lúdicas, recreativas y deportivas, siempre y cuando ayuden a la mejora, integración y desarrollo del minusválido y esté acreditada convenientemente la necesidad de su realización mediante certificado médico.
— Transporte escolar.
Se abonará el importe del precio de la tarjeta correspondiente al resultado de conjugar la localización geográfica del domicilio del disminuido y la ubicación del Centro de Educación Especial o, en su caso, el punto de recogida del medio de transporte habilitado al efecto, caso de que éste existiera y fuese gratuito.
— Educación Especial.

Requisitos:

a) Que se trate de empleados públicos con relación de empleo de carácter indefinido, tanto personal laboral como funcionario de administración y servicios, que haya completado al menos tres meses durante 2003, en situación de servicio activo.
b) En el caso de empleados públicos cuya relación de empleo sea de carácter temporal, tanto personal laboral como funcionario de administración y servicios, será requisito indispensable que la duración de los correspondientes contratos o nombramientos sea igual o superior a tres meses durante el año 2003.
c) Personal eventual en los mismos términos del apartado b).

Documentos asociados

Boletín: 01/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 129
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 01/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 129
Documento: Solicitud Descargar Documento