Ayudas a deportistas cantabros para la promocion del deporte de alto nivel.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S17782/12

Norma:

Orden ECD/38/2012, de 8 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/06/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción del deporte de alto nivel, facilitando a los deportistas de la Comunidad Autónoma de Cantabria el acceso a una preparación adecuada de cara a la alta competición y, a tal efecto, se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas destinadas a los mismos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas no podrá superar el 80% del coste de la actividad ayudada, ni la cuantía de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los deportistas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los destinados a la adquisición de los bienes y servicios necesarios para el ejercicio de la actividad subvencionada que no originen un aumento de capital o del patrimonio (gastos corrientes).

Los gastos originados por la adquisición de bienes que reúnan alguna de las características siguientes:

a) Ser bienes fungibles (no tiene este carácter aquellos tales como ordenadores, barcos, equipos tecnológicos...).

b) Tener una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario.

c) No ser susceptibles de inclusión en inventario.

d) Ser, previsiblemente, gastos reiterativos.

En concreto, se considerarán gastos objeto de subvención los que reuniendo alguna de las características anteriores se destinen a:

1. Desplazamientos a entrenamientos y competiciones y manutención necesaria para los mismos. Deberán, no obstante, acompañarse de una memoria detallada justifi cativa.

2. Material deportivo.

3. Tratamientos médicos, nutricionales y de rehabilitación. Deberán, no obstante, acompañarse de una memoria justificativa.

4. Uso de instalaciones (tasas) y gimnasios.

5. Cualquier otro directamente derivado de la actividad deportiva.

Requisitos:

a) Tener entre 16 y 35 años.

b) Disponer de licencia deportiva en vigor expedida por la federación cántabra, o en su defecto, de la española, en el caso de que no exista federación cántabra o de que ésta no esté integrada en la española.

c) Haber participado en alguna de las dos últimas temporadas en: Juegos Olímpicos, Campeonatos del Mundo, Campeonatos de Europa, Campeonatos de España y/o de Cantabria, exigiéndose en el caso de los Campeonatos de España el estar entre los diez primeros clasificados, y en el caso de los Campeonatos de Cantabria, la obtención de medalla.

Excepcionalmente, y por razones de interés deportivo debidamente justifi cadas, se podrán considerar las solicitudes de aquellos deportistas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 96
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento