Ayudas a conceder por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de atención a personas reclusas con trastornos adictivos en los centros penitenciarios de Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S06719/23Norma:
Orden 16/2023, de 25 de enero. Resolución de 15/12/2023. Resolución de 09/12/2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de enero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, para el año 2026, las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de atención a personas en situación de reclusión y con trastornos adictivos.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Castilla-La ManchaConvoca:
Consejería de Sanidad (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Con el importe de la subvención se podrá financiar hasta el 100 % del coste total del proyecto presentado. El importe máximo individualizado por cada proyecto no excederá de 60.000,00 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea 1. Intervención ambulatoria/centro de día, a desarrollar en todos los centros penitenciarios ubicados en la región. Dentro de esta línea se desarrollarán los siguientes programas:- Programa de prevención y educación para la salud.
- Programa de tratamiento con metadona. (Apoyo psicosocial)
- Programa de deshabituación.
- Programa de reincorporación social.
Dentro de esta línea se podrá incluir también, aunque no forme parte de las instrucciones referenciadas, la atención a personas con trastorno por juego.
Línea 2. Intervención en la Unidad Terapéutico-Educativa, en aquellos centros penitenciarios que disponen de módulo terapéutico (Unidad Terapéutico Educativa).
Requisitos:
a) Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro Oficial que corresponda.b) Carecer de fin de lucro.
c) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.
d) Contar con la preceptiva autorización de la dirección de los centros penitenciarios en los que se prevea desarrollar el programa.
e) Disponer de estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de los proyectos subvencionados, acreditando la experiencia operativa para ello en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
g) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
h) No encontrarse incursas en ninguna circunstancia que determina el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
i) No encontrarse la persona que ejerza la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
j) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a lo establecido en la legislación vigente y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa, o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
k) Cumplir las medidas de protección y seguridad que establece la normativa vigente y, cuando lo exija la legislación específica, deberán disponer de un plan de autoprotección.
l) Disponer la entidad, para la realización de los proyectos subvencionados a los que sea de aplicación, de personal que no haya sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
La acreditación de los requisitos para ser beneficiaria de las subvenciones se realizará mediante la declaración responsable que figura en la solicitud, sin perjuicio de lo dispuesto en la base decimosegunda 5.
Documentos asociados
Boletín:
31/01/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 21
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
20/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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Boletín:
20/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
15/12/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 241
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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