Ayudas a conceder por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para el mantenimiento de centros de rehabilitación psicosocial y laboral de personas con trastorno mental grave.
Código de ayuda:
S06691/23Norma:
Orden 14/2023, de 25 de enero. Resolución de 15/12/2023. Resolución de 09/12/2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de enero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución tiene por objeto convocar, para el año 2026, las subvenciones para entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el mantenimiento de centros de rehabilitación psicosocial y laboral de personas con trastorno mental grave (en adelante CRPSL), cuyas bases reguladoras se hallan establecidas en la Orden 14/2023, de 25 de enero, de la Consejería de Sanidad (publicada en el DOCM, nº 21, de 31 de enero de 2023.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Castilla-La ManchaConvoca:
Consejería de Sanidad (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se podrá financiar por parte de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha hasta el 100% del coste total del proyecto, con el límite máximo de 650.000,00 € por proyecto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán concurrir a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que posean un centro de rehabilitación psicosocial y laboral en Castilla-La Mancha y que cumplan los requisitos establecidos en el punto 2 de la base cuarta de la Orden 14/2023, de 25 de enero, de la Consejería de Sanidad.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se cofinanciarán gastos corrientes de personal, mantenimiento, actividades, servicios técnicos y profesionales, dietas, gastos de viaje y desplazamiento, así como gastos de gestión y administración, gastos financieros y los gastos de inversión de los CRPSL.Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente.b) Carecer de fin de lucro.
c) Tener capacidad jurídica y de obrar en España.
d) Tener fines estatutarios adecuados para las actividades objeto de las bases.
e) Disponer en Castilla-La Mancha de un centro de rehabilitación psicosocial y laboral para personas con trastorno mental grave, con estructura suficiente y al menos dos años de funcionamiento.
f) No haber sido condenadas por sentencia firme a la pérdida del derecho a subvenciones ni por delitos contra la Administración pública o urbanísticos.
g) No estar en concurso, insolvencia, intervención judicial o inhabilitación concursal vigente.
h) No haber provocado la resolución firme de contratos con la Administración por causa imputable.
i) No estar incursas en supuestos de incompatibilidad según la Ley 11/2003 de Castilla-La Mancha.
j) No recibir servicios de personas que hayan incumplido las incompatibilidades tras el cese de cargos públicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
k) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
l) No tener residencia fiscal en paraísos fiscales.
m) Estar al corriente del reintegro de subvenciones.
n) Estar al corriente de pago con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
ñ) No haber sido sancionada con la pérdida del derecho a obtener subvenciones.
o) No estar incursa en las prohibiciones del artículo 4.5 y 4.6 de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación.
p) Que el personal del programa no haya sido condenado por delitos contra la libertad sexual ni por trata de seres humanos.
q) No haber sido sancionada o condenada por prácticas laborales discriminatorias, salvo cumplimiento de sanción y adopción de medidas de igualdad con conformidad del órgano competente.
r) Disponer de plan de prevención de riesgos laborales cuando proceda y no haber sido sancionada por infracción muy grave en esta materia en el año anterior a la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
31/01/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 21
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
20/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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Boletín:
20/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
15/12/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 241
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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