Ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2018/19.

Código de ayuda:

S31682/18

Norma:

ORDEN de 6 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas tienen como objeto atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en las correspondientes unidades concertadas, entendiendo por éste aquel alumnado que requiera determinados apoyos y atenciones específicas derivadas de discapacidad motora, sensorial, intelectual o trastornos generalizados del desarrollo y de la conducta, en aquellos aspectos que no estén ya cubiertos por el concierto educativo, a lo largo del curso escolar 2018/19.

Las ayudas podrán emplearse para los fines de contratación de personal complementario, reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores de cuantía no superior al 15 % de la ayuda, compra de material específico ordinario no inventariable y adquisición de material específico inventariable.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los centros docentes privados que tengan concierto vigente con la Comunidad Autónoma de Galicia para las enseñanzas del 2º ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y ciclos formativos de grado medio y superior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Por una cuantía máxima de 300.000 euros (artículo 17.1 y 17.2) para:

a) Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, ayudante técnico/a educativo/a, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, intérprete de lengua de signos y cuidador/a.

b) Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores de cuantía no superior al 15 % de la ayuda.

c) Compra de material específico ordinario no inventariable.

2. Por una cuantía máxima de 60.000 euros (artículo 17.3 y 17.4) para:

– Compra de material inventariable específico para la atención de alumnado con necesidades de apoyo educativo.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 117
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/06/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 117
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento