Ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2025/26.

Código de ayuda:

S25591/25

Norma:

ORDEN de 4 de agosto de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas tienen por objeto atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en las correspondientes unidades concertadas, entendiendo por este a aquel alumnado que requiera determinados apoyos y atenciones específicas derivadas de discapacidad motora, sensorial, intelectual o trastornos generalizados del desarrollo y de la conducta, en aquellos aspectos que no estén ya cubiertos por el concierto educativo, a lo largo del curso escolar 2025/26.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conserjería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas reguladas en esta orden podrán emplearse, en atención a las necesidades del centro, para los siguientes fines:

1. Por una cuantía máxima de 300.000,00 euros (artículo 5.1 y 5 .2) para:

a) Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, terapeuta ocupacional, intérprete de lengua de signos y cuidador/a.

b) Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores de cuantía no superior al 15 % de la ayuda.

c) Compra de material específico ordinario no inventariable.

2. Por una cuantía máxima de 150.000,00 euros (artículo 5.3 y 5.4) para la compra de material inventariable específico para la atención del alumnado con necesidades de apoyo educativo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en esta orden los centros docentes privados que tengan concierto educativo vigente con la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional para las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y ciclos formativos de grado medio y superior, cuyas titularidades, personas físicas o jurídicas cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 121, de 25 de junio).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, ayudante técnico/a educativo/a, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, intérprete de lengua de signos y cuidador/a.

– Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores, de cuantía no superior al 15 por ciento de la ayuda.

– Compra de material específico ordinario no inventariable.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 167
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 01/09/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 167
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento