Ayudas a autoescuelas de la Región de Murcia para financiar costes asociados a la obtención del permiso de conducir por parte de los jóvenes de la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S30628/25

Norma:

Orden de 23 de octubre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de noviembre de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de especial concurrencia, ayudas económicas destinadas a autoescuelas de la Región de Murcia, para financiar los costes asociados a la obtención del permiso de conducir por parte de los jóvenes de la Región de Murcia, durante el año 2025 y se concreta en la distribución del importe de las ayudas por las autoescuelas beneficiaras entre los jóvenes murcianos como últimos beneficiarios, para la realización del examen teórico destinado a la obtención del permiso de conducir

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Teniendo en cuenta que el crédito disponible de la subvención es de 514.000 € y el importe de las ayudas a conceder por joven es de 200 €, el número máximo de ayudas es de 2.570.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en esta orden, las autoescuelas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser una autoescuela que tenga al menos un centro de trabajo abierto al público en la Región de Murcia, acreditándolo de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 a) de la presente convocatoria.

b) Estar inscritas en el Registro de Centros de Formación de Conductores y que cuente con autorización de apertura actualizada, conforme a lo estipulado en el Capítulo III del RD 1295/2003 por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores, acreditándolo de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 a) de la presente convocatoria.

c) No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, acreditándolo mediante declaración responsable conforme al modelo de Anexo I.

Documentos asociados

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