Ayudas a asociaciones de emigrantes retornados e inmigrantes para el año 2009.
Código de ayuda:
S25855/09Norma:
Resolucion de 26 de marzo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/05/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular, para el ejercicio 2009, la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a asociaciones de emigrantes retornados e inmigrantes radicadas en Galicia y que desarrollen programas que favorezcan la integración social de estos colectivos en nuestra comunidad autónoma.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cada entidad beneficiaria podrá recibir una ayuda máxima de hasta el 70% del presupuesto total de gastos indicado en la solicitud, pudiendo incrementarse hasta el 100% en el caso de asociaciones inscritas a partir del 1 de enero de 2008, y que no hayan recibido subvención de acuerdo con la Resolución de 12 de marzo de 2008. En todo caso, la cantidad máxima a recibir por asociación será de 10.000 euros.El órgano competente, en su caso, procederá al prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado a las subvenciones.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones que soliciten la ayuda con cargo a esta convocatoria deberán reunir, en la fecha del final del plazo de presentación de solicitudes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán subvencionarse con cargo a esta convocatoria los gastos corrientes (excluidos los gastos de personal de la propia asociación) y de equipo derivados del funcionamiento de las entidades, así como para la realización de actividades propias de la asociación en la Comunidad Autónoma gallega correspondientes al ejercicio económico del año 2009.En ningún caso serán subvencionables al amparo de esta convocatoria los gastos de adquisición de bienes inmuebles y los gastos derivados de la constitución de hipotecas.
Requisitos:
a) Estar debidamente inscrita cómo asociación sin ánimo de lucro en el Registro de Asociaciones de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y constituida mayoritariamente por emigrantes retornados o inmigrantes.b) Tener entre sus fines estatutarios la atención a emigrantes retornados o a la población inmigrante en Galicia, y que así conste expresamente en sus estatutos o se deduzca claramente de los mismos.
c) Disponer de un local para uso propio en el territorio autonómico en el que se realicen las actividades.
d) Desarrollar programas que favorezcan la integración social de estos colectivos.
e) Haber justificado, en su caso, y antes del final del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, las subvenciones concedidas por este departamento en el año 2008.
f) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, enumeradas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
01/04/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 63
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 63
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento