Ayudas a alumnos con discapacidad, matriculados en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a las mismas y en el Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid.
Código de ayuda:
S38228/05Norma:
ORDEN 3286/2005, de 24 de junio. Modificación en ORDEN 2129/2006, de 12 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/06/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir a hacer efectivo el principio de igualdad, mediante un sistema de ayudas económicas destinadas a aquellos estudiantes universitarios desfavorecidos por sus circunstancias físicas o psíquicas, que cursen estudios en las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, sus centros adscritos y en el Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid.Las ayudas reguladas mediante la presente Orden tienen por objeto cubrir el coste de los precios públicos de matrícula que se fijen para cada curso académico además de otros gastos extraordinarios que dichos alumnos hayan de afrontar.
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda será para cada enseñanza, tanto renovadas como no renovadas, la totalidad del precio público satisfecho por el alumno en concepto de matrícula, en los términos y cuantías que establezca para cada curso el Decreto del Consejo de Gobierno por el que se fijan los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las Universidades Públicas de Madrid.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes bases aquellos alumnos en los que concurran las circunstancias siguientes [artículo 23.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones]:a) Tener una dificultad para desplazarse al centro docente o seguir las actividades lectivas a consecuencia de un déficit físico o psíquico que suponga una discapacidad legalmente reconocida, igual o superior al 33 por 100.
b) Estar matriculados en una Universidad Pública radicada en la Comunidad de Madrid, Centros Adscritos y en el Centro Asociado de Madrid de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
c) Los alumnos a quienes se les haya eximido del pago de la matrícula universitaria en su condición de tener una discapacidad reconocida tendrán derecho a solicitar la ayuda complementaria descrita en el artículo 3.4 de las bases reguladoras.
Igualmente podrán acogerse a estas ayudas las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, Centros Adscritos y el Centro Asociado de Madrid de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que hubiesen eximido del pago de los precios públicos a los alumnos con discapacidad.
Documentos asociados
Boletín:
05/07/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 158
Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento
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Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento
Boletín:
16/05/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 115
Documento: Modificación de Bases, Convocatoria curso 2005/2006 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 115
Documento: Modificación de Bases, Convocatoria curso 2005/2006 y Anexos Descargar Documento