Ayudas a actividades musicales de carácter profesional durante el año 2005.
Código de ayuda:
S14564/05Norma:
Resolución CLT/359/2005, de 15 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/10/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Dar apoyo a la organización de actividades musicales de carácter profesional que se lleven a cabo durante el año 2005.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas, domiciliadas en Cataluña o con domicilio fuera de Cataluña pero que conserven la vecindad civil catalana, de acuerdo con lo que prevé el artículo 14 del Código civil, incluidas las agrupaciones de personas sin personalidad jurídica, que programen actividades musicales de carácter profesional.No podrán optar a ellas aquellas personas que hayan obtenido una subvención por el mismo proyecto del Departamento de Cultura de la Generalidad de Cataluña o entidad vinculada o en la que participe el Departamento.
Los proyectos que respondan a criterios de renovación de lenguajes, a estilos de expresión vinculados a nuevas tecnologías o a lenguajes transdisciplinares, podrán optar por solicitar las ayudas objeto de esta convocatoria o por otras ayudas específicas de la Entidad.
No podrán optar a las mismas entidades públicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Festivales y ciclos de conciertos: siempre que comprendan un mínimo de ocho conciertos en Cataluña.El número mínimo de conciertos se reduce a seis si se trata de festivales o ciclos que se desarrollan en un período no superior a tres meses.
El/La solicitante deberá garantizar en su expediente que un mínimo del 40% de los intérpretes residen en Cataluña y un mínimo del 10% de la programación es de autores catalanes. Se podrá exceptuar del cumplimiento de los mínimos referidos a intérpretes y autores, a aquellos proyectos en que, por la naturaleza de la actividad o género, no sean posibles.
b) Mantenimiento de las actividades: de formaciones y orquestas profesionales de titularidad privada.
Es requisito para poder optar a las ayudas, que las formaciones y orquestas realicen un mínimo de ocho conciertos al año, de los que al menos cuatro se realicen en Cataluña, y que como a mínimo el 40% de los músicos que las formen y de los solistas que colaboren en ellas, residan en Cataluña. Cuando la formación o la orquesta encargue una obra musical a un compositor catalán, siempre que exista una previsión de estreno de la obra antes del mes de julio de 2006, podrá recibir una ayuda complementaria de hasta 3.000 euros para una obra sinfónica y de hasta a 1.200 euros para una obra de cámara.
c) Concursos de dirección, de interpretación y de composición musical.
d) Cursos de perfeccionamiento de dirección, de interpretación y de composición.
No serán objeto de ayuda, los cursos y cursillos destinados a escolares y profesores.
e) Producción de conciertos y óperas de cámara que teniendo un interés artístico y singularidad especial demostrable no cumplan los requisitos del apartado b).
f) Otras actividades de carácter puntual, excluidas las anteriormente mencionadas y las que se puedan acoger a otras líneas de subvenciones del Departamento de Cultura.
Documentos asociados
Boletín:
18/02/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4326
Documento: Bases y convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4326
Documento: Bases y convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
09/11/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4506
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4506
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento