Ayudas a Entidades de Iniciativa Social para el desarrollo de proyectos en el Area de la Incorporacion Social.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S17164/11Norma:
ORDEN FORAL 9E/2011, de 15 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el ejercicio 2011, a entidades sin ánimo de lucro en el área de Incorporación Social.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que, de acuerdo con sus estatutos, puedan intervenir en cualquiera de los ámbitos de actuación señalados.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos de personal, funcionamiento y actividades, para el desarrollo por dichas entidades de proyectos y actuaciones en el ámbito de la Incorporación Social de colectivos desfavorecidos de conformidad con la tipología de proyectos establecida en el Anexo II de estas bases reguladoras, así como la subvención para la realización de Jornadas en el ámbito de la Exclusión Social.Los proyectos, actuaciones y Jornadas objeto de subvención se desarrollarán en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y tendrán como finalidad la integración social de personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Asuntos Sociales, Familia Juventud y Deporte, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, o en elregistro que reglamentariamente les corresponda.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener su domicilio social o delegación permanente en Navarra.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
28/03/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento