Ayudas a Entidades Locales para formulación de Planeamiento Urbanístico.
Código de ayuda:
S12019/05Norma:
Orden de 15 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva a las entidades locales que lo soliciten, para financiar los honorarios de redacción de planeamiento urbanístico y de ejecución de cartografía para esta finalidad, mediante su contratación con arreglo a las prescripciones establecidas en la legislación de contratos de las administraciones públicas.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones que se otorguen se regularán con arreglo a los siguientes porcentajes del coste de redacción o ejecución de los trabajos, objeto de ayuda:- Para ayuntamientos con población de hasta 5.000 habitantes el 100%.
- Los ayuntamientos con un censo de población comprendido entre 5.001 y 10.000 habitantes el 90%.
- Los ayuntamientos con un censo de población comprendido entre 10.001 y 15.000 habitantes el 80%.
- Para los restantes ayuntamientos la cuantía de la ayuda será el 70%.
La suma de las ayudas y subvenciones recibidas por una entidad local para cualquiera de las finalidades establecidas en la presente orden, que provengan de entes públicos o privados y percibidas con la misma finalidad, no podrán nunca superar el 100% del presupuesto de contratación global.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades locales de la comunidad autónoma de menos de 50.000 habitantes que a la fecha de publicación de la presente orden tuvieran contratados o en fase de contratación trabajos de los contemplados anteriormente, siempre que dicha contratación se ajuste a lo dispuesto en el artículo 9º de esta orden con respecto a los pliegos de prescripciones técnicas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La redacción de planes generales de ordenación municipal, bien sea como figura de nueva formulación, revisión o adaptación de los instrumentos de planeamiento vigentes o en tramitación de los ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes.b) La redacción de planes generales de agrupaciones de ayuntamientos que formen una unidad de planeamiento homogénea siempre que acrediten el cumplimento de las condiciones que, para el caso, establece el artículo 82 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.
c) La ejecución de cartografía analítica para la redacción de planeamiento urbanístico, siempre que no forme parte de los programas de contratación de la consellería y resulte compatible tecnicamente con los sistemas de ejecución empleados en estos programas.
Documentos asociados
Boletín:
23/03/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 57
Documento: Convocatoria y Solicitud Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 57
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