Ayudas a Entidades Ciudadanas para la realización de actividades.
Código de ayuda:
S12391/05Norma:
Convocatoria de 26 de enero de 2005. Nº Exp. 103/2005/00556.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las subvenciones que convoca la Junta Municipal del Distrito de Retiro con la finalidad de fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana, lo que contribuirá a desarrollar el tejido social y, por tanto, promocionando así la calidad de vida y el bienestar social de los vecinos, así como, al desarrollo y realización de actividades culturales, formativas, complementarias a la enseñanza, deportivas, etc.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las Entidades ciudadanas del Distrito de Retiro declaradas de Utilidad Pública e Inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Madrid.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.- Proyectos de Actividades Complementarias del Ayuntamiento de Madrid y relacionados con el objeto social de la propiaEntidad.
2.- Proyectos de Formación que permitan una mayor calificación del movimiento asociativo.
3.- Proyectos de Fomento de la Participación Vecinal.
Requisitos:
Las Entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir, a la finalización del plazo depresentación de solicitudes, los siguientes requisitos que deberán mantener al menos, durante el ejercicio económico para el
que se concede la subvención:
— Estar Inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, y que realicen actividades que repercutan en beneficio de los vecinos del Distrito.
— Que posean la Declaración de Utilidad Pública, conforme a lo establecido en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana
— No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid.
— Los demás que determine la legislación vigente.
Documentos asociados
Boletín:
24/03/2005
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5644
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5644
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