Ayudas a Casas Regionales de otras comunidades españolas con sede en Navarra y federaciones de las mismas, correspondientes al año 2009.

Código de ayuda:

S08337/09

Norma:

ORDEN FORAL 69/2009, de 26 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de ayudas que el Departamento de Relaciones Institucionales y
Portavoz del Gobierno destina a las casas regionales de otras Comunidades españolas con sede en Navarra, así como a las federaciones de las mismas, con el fin de financiar sus actividades culturales, inversiones, gastos de funcionamiento y otros análogos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Casas Regionales o federaciones de las mismas con sede en Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades culturales organizadas con motivo de las fiestas propias y otras acciones ordinarias a realizar en el año 2009, o celebradas en el ejercicio anterior.

b) Gastos de funcionamiento y financieros.

c) Adquisición, mejora de locales o equipamiento de los mismos.

Requisitos:

a) Estar constituida legalmente como Asociación inscrita en el Registro Oficial correspondiente.

b) Carecer de ánimo de lucro y tener como objeto social la organización de actividades culturales, deportivas o sociales.

c) Contar con Estatutos internos debidamente aprobados.

d) Garantizar la participación democrática en la elección de representantes de la entidad y en el funcionamiento interno.

e) Contar, salvo en el caso de las federaciones, con un número de socios activos y cotizantes superior a 50.

f) Contar con aportaciones de los socios a través de cuotas establecidas y entregadas efectivamente.

g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.

h) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre,
de Subvenciones.

i) Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/02/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 16
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento