Ayudas Publicas a Proyectos de Desarrollo e Innovacion Empresarial, Tema 2.08, a traves del Programa Operativo 2007- 2013.- Segunda Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S04082/13

Norma:

Ceuta, a 2 de octubre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de diciembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones que han de regir el concurso, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las subvenciones públicas en el marco del Programa Operativo FEDER para Ceuta periodo 2007-2013, destinadas a Proyectos de Desarrollo e Innovación Empresarial. (Eje 2 «Desarrollo e Innovación Empresarial», tema prioritario o estratégico 08 «Otras inversiones en empresas»).

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Ciudad Autonoma de Ceuta (Ceuta)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones directas a proyectos de desarrollo e innovación empresarial, basados en la creación, ampliación y modernización de pequeñas empresas, con un máximo del 40% de la inversión subvencionable.

Se establece un límite máximo en el importe de las ayudas en 60.000 euros por expediente,
para aquellos que conlleven la creación o ampliación y 40.000 euros para la modernización o reforma, todo ello, por proyecto y benefi ciario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas, físicas o jurídicas, o entidades que se encuentren en la situación que fundamente el objeto de la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en el objeto de las presentes bases reguladoras y en la correspondiente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de inversión de creación de nuevas empresas, la ampliación de los establecimientos
ya existentes y la modernización de los sectores y actividades.

Son proyectos subvencionables:

1. Se considerarán proyectos de creación de empresas aquellos cuyas inversiones conlleven la iniciación de una nueva actividad empresarial en la Ciudad.

2. Se considerarán proyectos de ampliación las inversiones que supongan el desarrollo de una actividad ya establecida o la iniciación de otras, relacionadas o no con la ya desarrollada por la empresa solicitante en la ciudad, que se desarrollen en un nuevo local, que generen nuevas inversiones.

3. Se considerarán proyectos de modernización aquellos cuyas inversiones estén destinadas principalmente a mejorar la calidad de las prestación o actividad, mediante proyectos de reforma o transformación de los establecimientos o actividad existentes.

Requisitos:

Los requisitos que deberán reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención y, en su
caso, los miembros de las entidades contempladas en el apartado 2 y segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de la LGS, se ajustarán a lo previsto en el artículo 13 de LGS.

Documentos asociados

Boletín: 12/10/2012
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5199
Documento: Bases, Segunda Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento