Ayudas MAEC-AECI en universidades extranjeras para 2008/2009.

Código de ayuda:

S03028/08

Norma:

RESOLUCION de 3 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de lectorados MAECAECI en universidades extranjeras para 2008/2009.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas físicas que cumplan los requisitos exigidos.

Requisitos:

Solicitantes de lectorado nuevo:

1. Nacionalidad española.

2. Licenciado o doctor por una universidad española en: Filología, Lenguas Aplicadas, Lingüística, Teoría de la Literatura, Traducción e Interpretación o Humanidades.

3. Formación específica en la didáctica del español.

4. Experiencia docente del idioma español, y/o de literatura en español.

5. Conocimientos del idioma oficial del país solicitado, o de otro habitualmente aceptado en él como de comunicación universitaria.

6. No hallarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18.11.2003), recogidas en el anexo II de esta convocatoria, con excepción del apartado f) tal y como se establece en el artículo Tercero de la mencionada Orden de bases de 11 de abril de 2005 que regula la presente convocatoria.

7. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica, que sea incompatible con el desarrollo de la actividad objeto de la ayuda.

8. Edad, no superior a los 35 años a la fecha de incorporación al lectorado.


Solicitantes de renovación de lectorado:

1. Ostentar la condición de lector MAEC-AECI por un período consecutivo inferior a tres cursos académicos en la misma universidad.

2. Presentar la conformidad de la universidad de destino e informe positivo sobre la labor desempeñada.

3. Poseer informe positivo de la representación diplomática de España en el país de destino del lector sobre la colaboración prestada con los servicios culturales de la misma.

4. No hallarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE 18.11.2003) recogidas en el Anexo II de esta convocatoria, con excepción del apartado f) tal y como se establece en el artículo Tercero de la mencionada Orden de bases de 11 de abril de 2005 que regula la presente convocatoria.

5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica, que sea incompatible con el desarrollo de la actividad objeto de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 13
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento