Ayudas III convocatoria pública de ayudas de la Comarca de Olivenza, para inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.

Código de ayuda:

S27519/19

Norma:

DECRETO 184/2016, de 22 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente extracto, tiene como objeto, establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación de Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 600.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de beneficiarios:

— Personas físicas o jurídicas que promuevan actuaciones de carácter productivo de creación, modernización, ampliación y/o traslado.

— Agricultores o miembros de una unidad familiar de una explotación agrícola que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas, entendiendo como tales la persona física o jurídica o el grupo de personas físicas o jurídicas, con excepción de los trabajadores agrícolas. En los casos que un miembro de la unidad familiar de la explotación sea una persona jurídica, ese miembro debe ejercer una actividad agrícola en la explotación en el momento en que presente la solicitud de ayuda.

— Jóvenes agricultores ya instalados que diversifiquen su actividad económica en actividades no agrícolas en zonas rurales, entendiendo como tales a las personas que, en el momento de presentar la solicitud, no tienen más de cuarenta años.

— Comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las inversiones o actividades que motivan la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de actuación de la Comarca de Olivenza (ADERCO): Alconchel, Almendral, Barcarrota, Cheles, Higuera de Vargas, Nogales, Olivenza (incluyendo todas sus pedanías: San Benito de la Contienda, San Francisco de Olivenza, San Jorge de Alor, San Rafael, Santo Domingo de Guzmán y Villarreal) Táliga, Torre de Miguel Sesmero, Valverde de Leganés y Villanueva del Fresno.

Documentos asociados

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Boletín: 03/05/2019
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