Ayudas Economicas A Entidades Y Asociaciones Sin Animo De Lucro En Materia De Servicios Sociales En La Isla De Ibiza.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S33100/12Norma:
Ibiza, 28 de agosto de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/09/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas a apoyar a entidades y asociaciones de servicios sociales sin ánimo de lucro, para el año 2012, en la isla de Ibiza.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de actuación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades y asociaciones de servicios sociales sin ánimo de lucro que realicen las actividades, programas y proyectos que figuran en la base cuarta, y que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Ayudas para entidades y asociaciones que trabajen en el ámbito de lasalud mental (y que así se refleje en su objeto social en los estatutos).
Consignación presupuestaria: 95.000€. La ayuda máxima que se puede recibir
por entidad o asociación en esta modalidad se de 50.000€.
2. Ayudas para entidades y asociaciones que trabajen en el ámbito de
personas con discapacidades (y que así se refleje en su objeto social en los estatutos).
Consignación presupuestaria: 95.000€. Importe máximo por entidad o
asociación en esta modalidad: 50.000€.
3. Ayudas para entidades y asociaciones que trabajen en el ámbito de
enfermedades neurodegenerativas y otras demencias (y que así se refleje en su objeto social en los estatutos). Consignación presupuestaria: 145.000€.I
Importe máximo por entidad o asociación en esta modalidad: 75.000€.
4. Ayudas para entidades y asociaciones que trabajen en el ámbito de la
lucha contra el cáncer (y que así se refleje en su objeto social en los estatutos).
Consignación presupuestaria: 45.000€. Importe máximo por entidad o asociación en esta modalidad: 15.000€.
5. Ayudas a otras entidades y asociaciones de carácter sociosanitario.
Tiene que tratarse de entidades y asociaciones que además de su carácter social, se pueda considerar que por sus características, y por los destinatarios de su acción pueden ser incluidas dentro del llamado ámbito sociosanitario.
Consignación presupuestaria: 70.000€. Importe máximo por entidad o asociación en esta modalidad: 40.000€.
Requisitos:
- Estar legalmente constituida desde al menos un año antes de la presentación de la solicitud.- No tener ánimo de lucro.
- Estar registradas en el Registro de Servicios Sociales previsto en la Ley
4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, o haber solicitado la inscripción y estar en condiciones de obtenerla.
- Tener su domicilio social en Ibiza, tengan delegación o que habitualmente
desarrollen sus actividades. También podrán solicitar esta subvención las
entidades o asociaciones de lucha contra el cáncer con domicilio social en las Islas Baleares que ofrezcan acogida y apoyo psicosocial a residentes de la isla de Ibiza y sus familias cuando se tienen que desplazar en el Hospital de referencia de las Islas Baleares o a otro centro público de la comunidad autónoma de las Islas Baleares u otra comunidad autónoma para el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad.
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de la actividad para la cual se solicita la subvención.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas
con el Consejo Insular de Ibiza y de las otras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que esten impuestas por la normativa vigente.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el art. 10 de Texto refundido de la Ley de subvenciones (de las Islas Baleares), aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
Documentos asociados
Boletín:
04/09/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 130
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 130
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento