Ayudas “Concilia 0-3” destinadas al fomento de la conciliación de la vida familiar y profesional para elcurso 2026-2027
Código de ayuda:
S21873/26Norma:
Resolución de 29 de julio de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de septiembre de 2026Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de la ayuda es fomentar la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, como medio para preservar los derechos tanto de las mujeres como de los hombres y favorecer el equilibrio entre las responsabilidades familiares y las obligaciones profesionales.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Principado de AsturiasConvoca:
Consejería de Derechos Sociales y Bienestar (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los importes máximos de la ayuda serán de 1.500 euros por cada hijo, hija o menor acogido que no haya obtenido una plaza en una de las escuelas infantiles de primer ciclo (0 a 3 años) de la red pública para el curso escolar 2026-2027.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las familias con domicilio fiscal en cualquiera de los concejos del Principado de Asturias que tengan hijos, hijas o menores acogidos que, cumpliendo los requisitos para obtener una plaza en alguna de las escuelas infantiles de primer ciclo (0 a 3 años) de la red pública para el curso escolar 2026-2027, no la hayan obtenido, siempre que la suma de los ingresos fiscales anuales de los progenitores o acogedores no sea superior a 45.000 euros.Requisitos:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las familias con domicilio fiscal en un concejo del Principado de Asturias que, habiendo solicitado plaza en alguna de las escuelas de educación infantil de primer ciclo (0 a 3 años) de la red pública para el curso escolar 2026-2027 y cumpliendo los requisitos establecidos, no la hayan obtenido. Asimismo, deberán tener a su cargo un hijo, hija o menor acogido con quien convivan de forma efectiva y acreditable, y cuyos ingresos fiscales anuales no superen los 45.000 euros.Documentos asociados
Boletín:
07/08/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 152
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 152
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
07/08/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 152
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 152
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