Ayudas Agroambientales.

Código de ayuda:

S24237/05

Norma:

ORDEN de 25 de abril de 2005. Bases en Decreto 89/2004, de 18 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2005, las ayudas agroambientales financiadas con cargo a los fondos del Feoga-Garantía y a los presupuestos generales de la CAPV previstas en el capítulo II del Decreto 89/2004.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Aprovechamiento extensivo de las zonas de pastos.
Los titulares de una explotación agraria en la que haya prados o pastizales y cuya explotación cumpla los siguientes requisitos:
a) Estar situada en zonas de Agricultura de Montaña, desfavorecidas o con limitaciones específicas, o en otras zonas donde se promocione la implantación de pastos.
b) Contratar un mínimo de 3 ha de prados o pastizales.
c) Disponer de una carga ganadera igual o menor de 2 UGM/ha.

2. Protección de suelos en tierras de cultivo con peligro de erosión.
Los titulares de explotaciones agrarias que tengan al menos 2 ha de SAU, que será la superficie mínima a comprometer.

3. Conservación de la biodiversidad.
Los titulares de explotaciones agrarias que tengan al menos 2 ha de SAU, que será la superficie mínima a comprometer.

4. Protección de la fauna.
Los titulares de explotaciones agrarias que tengan al menos una superficie de 2 ha de SAU, que será la superficie mínima a comprometer.

5. Conservación de especies vegetales en peligro de extinción o erosión genética.
Los titulares de explotaciones agrarias que tengan al menos una superficie de 2 ha de SAU, que será la superficie mínima a comprometer.

6. Conservación del paisaje agrario.
Los agricultores a título principal del Territorio Histórico de Álava.

7. Conservación del entorno del caserío.
Los titulares de explotaciones agrarias propietarios o arrendatarios de un caserío que cumplan las siguientes condiciones:
a) Tener unas características arquitectónicas tradicionales típicas de la zona.
b) Constituir la vivienda del agricultor y parte de la explotación.
c) Disponer de una superficie mínima de terreno de 2 ha de SAU ubicadas en terrenos próximos al caserío.
d) La superficie máxima que podrá acogerse a esta medida será de 4 ha. Las parcelas que se contraten deberán estar (en todo o en parte) dentro de un radio de 500 metros del caserío.

8. Protección de embalses y cuencas.
Podrán ser beneficiarios de la modalidad a) los titulares de explotaciones agrarias con terrenos agrícolas que incluyan una franja de 100 metros de los márgenes de los embalses y lagunas siguientes:
a) Embalses: Albina, Gorbea, Maroño, Puentelarra, Sobron, Ullibarri, Urdalur y Urrunaga en el Territorio Histórico de Álava; Artiba, El Regato, Gorostiza, Laukariz, Lekubaso, Lemoiz, Lertutxe, Nocedal, Oiola, Undurraga y Zollo en el Territorio Histórico de Bizkaia y Aixola, Añarbe, Arriaran, Barrendiola, Ibaieder, Lareo, Urkulu y Urtatza en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
b) Lagunas y humedales: Bikuña, Complejo de Lagunas de Altube, Complejo lagunar de Laguardia, Humedales de Salburua, Izki, Lago de Caicedo, Lacorzana, Navaridas, Olandina y Salinas de Añana en el Territorio Histórico de Álava, y Bolue y Charca de Arbieto en el Territorio Histórico de Bizkaia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Aprovechamiento extensivo de las zonas de pastos.
La finalidad de esta ayuda es mantener y fomentar el cultivo extensivo de prados y pastizales en todo el territorio de la CAPV.

2. Protección de suelos en tierras de cultivo con peligro de erosión.
La finalidad de esta ayuda es evitar la pérdida de suelo derivada de las prácticas agrarias en tierras sometidas a rotación de cultivos y prevenir la erosión manteniendo y/o recuperando elementos vegetales protectores.

3. Conservación de la biodiversidad.
La finalidad de esta ayuda es fomentar las medidas tendentes a la conservación de la biodiversidad existente y el equilibrio ecológico en las tierras de cultivo.

4. Protección de la fauna.
La finalidad de esta medida es mejorar las condiciones de las tierras de cultivo para acoger la presencia de la fauna.

5. Conservación de especies vegetales en peligro de extinción o erosión genética.
La finalidad de esta ayuda es conservar el patrimonio genético y proteger las especies vegetales en peligro de extinción.

6. Conservación del paisaje agrario.
El objetivo de estas ayudas es evitar la degradación paisajística producida por la destrucción de distintas formaciones, tanto vegetales como constructivas, inherentes al mismo.

7. Conservación del entorno del caserío.
El objetivo de estas ayudas es evitar la degradación paisajística generada por el abandono o reducción de la actividad agraria tradicional, actuando sobre el entorno inmediato de los caseríos.

8. Protección de embalses y cuencas.
El objetivo de esta ayuda es mantener la calidad de los embalses a través de una regulación adecuada de los usos en sus márgenes y en las cuencas vertientes a los mismos.
Se establecen dos modalidades:
a) Protección de embalses y lagunas naturales.
b) Protección de cuencas vertientes a embalses.

Documentos asociados

Boletín: 11/06/2004
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 110
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/05/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 88
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 17/06/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 114
Documento: Ampliación Plazo 2005 Descargar Documento